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TSJReiteradora

AS/0074/2019

Tribunal Supremo de Justicia
18 de febrero de 2019Social 1eraMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Beneficios sociales / Pago / No procede

El recurrente manifiesta que el Tribunal ad quem, incurrió en error en la aplicación del derecho por percepción y error de apreciación por elección, toda vez que no consideró la naturaleza jurídica del TAM, al pretender aplicar la normativa del régimen laboral a la relación contractual del Estado co...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 1era
Año
2019

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 74

Sucre, 18 de febrero de 2019

Expediente : 554/2017

Demandante : Rubén Poma Díaz

Demandado : Transporte Aéreo Militar

Proceso : Beneficios Sociales

Departamento : La Paz

Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de casación de fs. 260 a 265 vta., interpuesto por el Gral. Julio Cesar Villarroel Camacho, en calidad de Gerente General del Transporte Aéreo Militar - TAM, contra el Auto de Vista N° 192/17 de fs. 257 a 258 vta., pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso social de beneficios sociales; el Auto de fs. 278 que concedió el recurso de casación; el Auto Supremo Nº 554-A de 27 de noviembre de 2017, de admisibilidad; los antecedentes del proceso; y:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Sentencia

Que, tramitada la demanda de beneficios sociales, la Juez Cuarto de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia N° 236/2016 de 28 de noviembre de fs. 222 a 234, por la que declaró probada en parte la demanda, disponiendo cancelar a favor del demandante la suma de Bs. 84.803,26.- por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo, vacación, bono de antigüedad, sueldos devengados, horas extras y multa del 30%.

Montos que serán actualizados en ejecución de fallos de acuerdo a Ley.

Auto de Vista

En grado de apelación de fs. 237 a 244, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista N° 192/17 de fs. 257 a 258 vta., que confirmó la Sentencia Nº 236/2016 de 28 de noviembre.

Argumentos del recurso de casación

Contra el Auto de Vista, la empresa Transporte Aéreo Militar - TAM interpuso recurso de casación de fs. de fs. 260 a 265 vta., bajo los siguientes argumentos:

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Máxima

SERVIDORES PÚBLICOS/ Todo funcionario que reciba sus remuneraciones con fondos provenientes del Tesoro Nacional, cualesquiera sea la institución en la que presta servicios, será considerado para fines de derecho de orden social como funcionario público por lo que no corresponde el pago de beneficios sociales.

Datos del proceso

Demandante
Rubén Poma Díaz
Demandado
Transporte Aéreo Militar
Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Decreto Supremo Nº 08125 de 30 de octubre de 1967, en su artículo 2

Tribunal Supremo de Justicia18 de febrero de 2019AS/0074/2019Fuente oficial