Texto del fallo
SALA PLENA
74/2020
Sucre, 2 de diciembre de 2020
24/2020
Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia.
José Luis Zeballos Calizaya contra la Sentencia N° 03/2018 de 26 de enero.
El recurso de revisión extraordinaria interpuesto por Jesús Luis Zeballos Calizaya contra la Sentencia N° 03/2018 de 26 de enero, emitida por el Tribunal de Sentencia Penal N° 1, Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia de Partido de Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Huanuni del departamento de Oruro, dentro del proceso social de reincorporación seguido por Jesús Luis Zeballos Calizaya, contra la Empresa Minera Huanuni; los antecedentes de la causa.
I.- ANTECEDENTES PROCESALES:
De la revisión de obrados se colige que, el recurso de revisión extraordinaria de Sentencia que precede, ha sido interpuesto por Jesús Luis Zeballos Calizaya, ante este Tribunal Supremo de Justicia, impugnando la Sentencia N° 03/2018 de 26 de enero (fs. 13 a 15), emitida por el Tribunal de Sentencia Penal N° 1, Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia de Partido de Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Huanuni del departamento de Oruro, que declaró IMPROBADA la demanda social de reincorporación y que fue, CONFIRMADA en apelación, por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro (fs. 8 a 12); y finalmente, mediante el Auto Supremo N° 513/2020 de 20 de agosto, emitido por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró INFUNDADO el recurso de casación en el fondo y la forma, interpuesto por el recurrente (fs. 1 a 5).
Al presente, la solicitud de revisión extraordinaria de Sentencia promovida, se fundamenta en base a una descripción de los antecedentes del fenecido proceso laboral citado y una supuesta errónea valoración de la prueba incurrida en el mismo proceso, para concluir solicitando que en apoyo del art. 284 y siguientes del Código Procesal Civil (CPC-2013), se emita nueva Sentencia modificando la anterior; es decir, declarando PROBADA la demanda social de reincorporación, por la denuncia de la existencia de error de hecho y error de derecho en la valoración de las pruebas.
II.- DOCTRINA, LEGISLACIÓN y JURISPRUDENCIA APLICABLE:
El recurso de revisión extraordinaria de Sentencia previsto en el art. 284 del Código Procesal Civil, establece que procederá tratándose de "una sentencia ejecutoriada en proceso ordinario”; es decir, se ha entendido éste proceso, como aquel que no se encuentra sometido a un trámite especial, siendo la forma común de tramitación de la contienda y cuya naturaleza jurídica es un proceso de conocimiento finalista y no especial; porque, en él se tramitan los asuntos de mayor significación, valor y trascendencia que no están sometidos a un trámite especial.
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