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TSJ

AS/0075/2012

Tribunal Supremo de Justicia
12 de abril de 2012Civil IMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Mejor derecho propietario y otros
Sala
Civil I
Año
2012

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CIVIL

Auto Supremo: 75/2012

Sucre: 12 de abril de 2012

Expediente: SC-19-12-S

Partes: Cinthya Forno Velasco c/ Valentin Arcadio Costas Taboas

Proceso: Mejor derecho propietario y otros

Distrito: Santa cruz

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Cinthya Forno Velasco a fs. 234 - 237 impugnando el Auto de Vista Nº 247/2011 de fecha 08 de noviembre 2011, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia de la ciudad de Santa Cruz, (ahora Tribunal Departamental de Justicia) dentro del proceso de Mejor derecho Propietario y otros seguido por Cinthya Forno Velasco contra Valentin Arcadio Costas Taboas, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Que, tramitada la causa, el Juez 12avo. de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital, emitió la Sentencia Nº 81/2011 de fecha 21 de abril 2011, cursante de fojas 128 a 129 de obrados, declarando Probada en parte la demanda de fs. 46 - 52, interpuesta por Cinthya Forno Velasco en cuanto al mejor derecho propietario y a la acción negatoria e Improbada en cuanto al pago de daños y perjuicios y a la usucapión decenal.

Apelada la Sentencia Nº 81/11por Valentin Arcadio Costas Taboas, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de la ciudad de Santa Cruz (ahora Tribunal Departamental de Justicia), mediante Auto de Vista N° 247/2011 de fecha 08 de noviembre de 2011, cursante de fojas 230 a 231, anula obrados, hasta fs. 54 inclusive, ordenando al juez de la causa inicie procedimiento conforme al art. 90 del Código de Procedimiento Civil con relación a la aplicación del Art. 131 de la Ley de Municipalidades.

Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo interpuesta por la parte demandante Cinthya Forno Velasco, que se analiza.

CONSIDERANDO II:

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION:

1.- a) Acusa la aplicación indebida del art. 15 de la Ley de Organización Judicial, el Art. 90 del Código de Procedimiento Civil y Circular Nº 131/1997 de fecha 05 de noviembre de 1997, ya que el Auto de Vista recurrido de fs. 230 a 231, anuló obrados hasta fs. 56 (siendo lo correcto hasta fs. 54) respaldándose en los artículos señalados, por que el ad quem habría evidenciado una serie de vicios procesales en la sustanciación del proceso.

También fundamenta en el art. 247 de la Ley de Organización Judicial, no siendo una causal para que anule obrados infringiendo el art. 251 del Código de Procedimiento Civil, donde indica que ningún tramite o acto judicial será declarado nulo si la nulidad no estuviera expresamente determinado por Ley, ni siquiera consideró si ese acto infringía alguno de los principios que rigen a las nulidades que son: el principio de especificad, legalidad, trascendencia y convalidación.

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Datos del proceso

Demandante
Cinthya Forno Velasco
Demandado
Valentin Arcadio Costas Taboas
Proceso
Mejor derecho propietario y otros
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Modalidades / En el Fondo
Tribunal Supremo de Justicia12 de abril de 2012AS/0075/2012Fuente oficial