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TSJ

AS/0075/2019

Tribunal Supremo de Justicia
13 de marzo de 2019Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Sala
Social 2da
Año
2019

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 075/2019

Sucre, 13 de marzo de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 197/2018

Distrito: Chuquisaca

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS: Los dos recursos de casación, el primero cursante de fs. 812 a 816, interpuesto por Gonzalo Saavedra Gamarra, representante de la Empresa Constructora “ESCING”, en adelante ESCING, el segundo cursante de fs. 821 a 828, correspondiente al señor Eusebio Espinoza Suyo, ambos contra el Auto de Vista Nº 106/2018 de 1º de marzo, de fs. 799 a 804 y los Autos Nº 151/2018 y Nº 201/2018, de 13 de marzo y 4 de abril respectivamente, mediante los cuales se dispone “no ha lugar” a la solicitud de aclaración y enmienda, resoluciones emitidas por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso laboral interpuesto por Eusebio Espinoza Suyo contra el representante de ESCING, el auto que concede ambos medios de impugnación, cursante a fs. 830, la resolución que dispuso la admisión de los mismos, cursante a fs.840, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I.

I.1. Antecedentes del proceso.

Eusebio Espinoza Suyo, en su escrito de fs. 6 a 9, hace referencia a los siguientes antecedentes: a) mediante contrato verbal ingresó a trabajar en calidad de Superintendente de Obra a la Empresa Constructora ESCING S.C., el 18 de agosto de 2014; b) la parte empleadora, no le canceló los sueldos correspondientes a los meses de diciembre-2015, enero y febrero 2016, en mérito a lo manifestado, el trabajador se acogió al despido intempestivo por falta de pago, situación que ocurrió a partir del 21 de marzo de 2016, c) en el mismo escrito, aclara el actor que ESCING posterior a su desvinculación laboral, le canceló el sueldo correspondiente a diciembre-2015, adeudándole el correspondiente a enero, febrero y parte de marzo todos de la gestión 2016.

A mérito de estos antecedentes, el señor Eusebio Espinoza Suyo, interpone demanda laboral de pago de derechos y beneficios sociales, en contra del representante legal de ESCING, demandando el pago de Bs.201.054,98 suma de dinero que es consecuencia de la siguiente liquidación:

Fecha de ingreso y despido indirecto: (18/08/214-21/03/2016)

Tiempo de servicio: 1 año, 7 meses y 3 días.

Sueldo Promedio Indemnizable: Bs.11.327, 40

Indemnización por antigüedad: Bs. 18.029,44

Desahucio: Bs. 33.982,20

Aguinaldo 2016: Bs. 2.548,66

Segundo Aguinaldo-2014: Bs. 7.656

Segundo Aguinaldo-2015: Bs. 22.654,8

Vacaciones: Bs. 9.014,72

Primas (2014, 2015 y 2016): Bs. 17.704,06

Reintegro de sueldos: Bs. 12.483,82

Sueldos devengados: Bs. 30.583,98

TOTAL DERECHOS Y BENEFICIOS SOCIALES: Bs. 154.657,68

Multa 30% (art. 9. III D.S.28699) Bs. 46.397,30

TOTAL MONTO ADEUDADO: Bs. 201.054,98

El Juez 2do de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Sucre, por resolución de 21 de octubre de 2016, cursante a fs. 9, admitió la demanda laboral. La parte demandada, por escrito de fs. 54 a 57 responde en forma negativa la pretensión del actor.

Cumplidas las formalidades procesales, la autoridad judicial de primera instancia el 12 de mayo de 2017, emitió la Sentencia N° 23/2017, cursante de fs. 742 a 746 declarando probada en parte la demanda cursante de fs. 6 a 9, ordenando que el demandado dentro el tercer día de ejecutoriada la referida decisión judicial pague a favor del actor la suma de Bs.84.031,34 “Más la multa del 30% que establece el D.S. Nº 28699 de 1 de mayo de 2006”, en mérito al siguiente detalle:

Fecha de ingreso y despido indirecto: (18/08/2014-21/03/2016)

Tiempo de servicio: 1 año, 6 meses y 9 días.

Sueldo real: Bs.10.440

Promedio salarial incrementado: Bs.10.584,04

Salario devengado

Tiempo

Importe

Bs. 10.584,04

2m; 21d

Bs.28.576,88

Indemnización por antigüedad

Tiempo

Importe

Bs. 10.584,04

1a; 6m; 9d

Bs.16.140,66

Aguinaldo gestión 2016

Tiempo

Importe

Bs. 10.584,04

2m; 21d

Bs. 2.381,04

Aguinaldo gestiones 2014-2015

Tiempo

Importe

Bs. 10.584,04

4m; 12d y 12m

Bs.14.464,84

Vacaciones gestiones 2014-2015

Tiempo

Importe

Bs. 10.584,04

15d

Bs.5.292,02

Incremento salarial

Tiempo

Importe

SMN-g.2014 – Bs. 1.440

SMN-g.2015 – Bs. 1.656

SMN-g.2016-Bs. 1.805

4m; 12d

12m

2m;21d

Bs.2.711,06

Primas gestión 2014-2015

Tiempo

Importe

Bs. 10.584,04

4m; 12d - 12m

Bs.14.464,84

TOTAL BENEFICIOS Y DERECHOS SOCIALES

Bs. 84.031,34

El actor mediante escrito de fs. 757 a 758, solicitó que la autoridad judicial, aclare y enmiende la resolución de primera instancia, pretensión que fue negada mediante auto de 30 de mayo de 2017, cursante a fs. 758.

I.2. Auto de Vista.

Contra esta decisión ESCING, por escrito de fs. 762 a 767 interpuso recurso de apelación, la parte actora a tiempo de contestar al referido medio de impugnación, mediante escrito de fs. 770 a 779, se adhiere al mismo.

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista Nº 106/2018, de fs. 799 a 804, resolviendo tanto el recurso de apelación como su respectiva adhesión, disponiendo revocar parcialmente la sentencia, “…debiendo cancelarse por el total de beneficios que le corresponde al actor la suma de Bs. 80.313,76”, de conformidad a la siguiente planilla:

Fecha de ingreso y despido indirecto: (18/08/2014-07/03/2016)

Tiempo de servicio: 1 año, 6 meses y 19 días.

Salario promedio: Bs.10.440

Salario devengado

Tiempo

Importe

Bs. 10.440,00

2m; 7d

Bs.23.316,00

Indemnización por antigüedad

Tiempo

Importe

Bs. 10.440,00

1a; 6m; 19d

Bs.16.211,00

Aguinaldo gestión 2016

Tiempo

Importe

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Datos del proceso

Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia13 de marzo de 2019AS/0075/2019Fuente oficial