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TSJ

AS/0077/2010

Tribunal Supremo de Justicia
6 de abril de 2010Civil IMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Sala
Civil I
Año
2010

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Texto del fallo

S A L A C I V I L

Auto Supremo: Nº 77

Sucre, 06 de abril de 2010

Expediente: Nº 7-06-S

Distrito: Tarija

Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica.

VISTOS: La solicitud de complementación y explicación de Jhonny Martínez Tapia en representación de Telesforo Romero Ortiz de 1 de abril de 2010, los antecedentes; y

CONSIDERANDO: Que, Jhonny Martínez Tapia en representación de Telesforo Romero Ortiz mediante memorial de 1 de abril de 2010 y con relación al Auto Supremo Nº 46 de 24 de marzo del mismo año (fs. 288 a 290), solicita complementación y explicación, con relación a, si se consideró la suspensión del plazo por vacación judicial en el Distrito de origen.

CONSIDERANDO: Que, el art. 196 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil establece que pronunciada la sentencia el juez no podrá sustituirla ni modificarla y concluirá su competencia respecto al objeto del litigio, le corresponderá, sin embargo, a pedido de parte, formulado dentro de las veinticuatro horas de la notificación, y sin sustanciación, corregir cualquier error material, aclarar algún concepto oscuro sin alterar lo sustancial, y suplir cualquier omisión en que se hubiere incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio.

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Criterio

analizada la solicitud de complementación y explicación y contrastada con el Auto Supremo en cuestión, conviene rememorar que la suspensión de plazos por vacación judicial no se aplica a los plazos fijados para plantear o formalizar una demanda nueva. En consecuencia, no existen errores materiales que corregir ni conceptos oscuros que aclarar.

Datos del proceso

Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos
Tribunal Supremo de Justicia6 de abril de 2010AS/0077/2010Fuente oficial