Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 78/2008
EXP. N°: 21/2008
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Edgar Ricardo Rück Arzabe y Sergio Rodrigo Arze Jordán en representación de Editorial Canelas S.A. contra el Superintendente Tributario General
FECHA: 12 de marzo de 2008
VISTOS EN SALA PLENA:La demanda contencioso administrativa planteada de fojas 507 a 526 vuelta, por Edgar Ricardo Rück Arzabe y Sergio Rodrigo Arze Jordán, en representación legal de la Editorial Canelas S.A. Editorial Canelas S.A. en la que impugna la Resolución de Rechazo de Recurso Jerárquico de 8 de octubre de 2007, dictada por el Superintendente Tributario Regional a.i., el informe de la Ministra Tramitadora Emilse Ardaya Gutiérrez; y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada.
Que de la revisión de la documental adjunta al memorial que antecede, se evidencia que la empresa recurrente fue notificada con la resolución impugnada el 10 de octubre de 2007 y que la demanda fue presentada el 9 de enero de 2008, cuando habían transcurrido noventa y un días, correspondiendo su rechazo in límine por presentación extemporánea.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada.
No intervienen los Ministros Teófilo Tarquino Mújica por encontrarse en cumplimiento de comisión oficial, Julio Ortiz Linares y Hugo R. Súarez Calbimonte por encontrarse con licencia.
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