Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0079/2007

Tribunal Supremo de Justicia
12 de febrero de 2007Social 1eraMag. Jaime Ampuero García
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2007

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 268/02

AUTO SUPREMO Nº 079 - Social Sucre, 12 de febrero de 2007.

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Leonardo Robles Paco c/ Empresa Municipal de Servicios de Aseo EMSA

= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

VISTOS: El recurso de casación de Fs. 49, interpuesto por Oscar Remberto Mérida Maldonado, apoderado legal de la Empresa Municipal de Servicios de Aseo (EMSA), contra el auto de vista Nº 163/2002 de 4 de abril de 2002, cursante a Fs. 46-47, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro el proceso laboral seguido por Leonardo Robles Paco contra la Empresa que representa el apoderado recurrente; la respuesta de Fs. 53, el auto concesorio del recurso de Fs. 53 vta., el Dictamen Fiscal de Fs. 56, los antecedentes procesales; y

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, en 8 de febrero de 2002, pronunció la sentencia de Fs. 34-35, declarando probada en parte la demanda de Fs. 3-4, disponiendo que el representante legal de la empresa demandada, cancele al actor el monto de Bs. 5.479,28.-, por concepto de indemnización, desahucio y vacación; además de los reajustes previstos en el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992.

Apelada la sentencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, emitió el auto de vista Nº 163/2002 de 4 de abril de 2002, cursante a Fs. 46-47, por el que se confirma la sentencia en todas sus partes.

Esta resolución, motivó el recurso de casación que se analiza.

CONSIDERANDO II: Que, la uniforme jurisprudencia emitida por este máximo Tribunal, ha entendido que el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho, utilizada para invalidar una sentencia o un auto definitivo en los casos expresamente señalados por ley, pudiendo presentarse como recurso de casación en el fondo, recurso de casación en la forma o en ambos, de acuerdo a lo estatuido por el Art. 250 del Cód. Pdto. Civ., en tanto cumplan los requisitos establecidos en el Art. 258-2) de dicho cuerpo legal, citando en términos claros, concretos y precisos las leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, especificando en qué consiste la violación, falsedad o error.

Mostrando 11 de 21 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Leonardo Robles Paco
Demandado
Empresa Municipal de Servicios de Aseo EMSA
Magistrado relator
Jaime Ampuero García
Tribunal Supremo de Justicia12 de febrero de 2007AS/0079/2007Fuente oficial