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TSJ

AS/0079/2009

Tribunal Supremo de Justicia
27 de febrero de 2009Civil IMag. Ivan Manolo Lima Magne
Proceso
Ordinario-Divorcio
Sala
Civil I
Año
2009

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Texto del fallo

SALA CIVIL

AUTO SUPREMO Nº 79 Sucre, 27 de febrero de 2009.

DISTRITO: Oruro PROCESO: Ordinario-Divorcio

PARTES: José María Antequera Quisbert c/ Teresa Cristina Lucero León.

MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano

VISTOS:El recurso de casación de fs. 207, interpuesto por Teresa Cristina Lucero León, contra el Auto de Vista Nº 078/2006 de fecha 12 de junio de 2006 cursante a fs. 203-204, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el proceso de divorcio seguido por José María Antequera Quisbert contra la recurrente, los actuados procesales, la contestación a la impugnación, y:

CONSIDERANDO I: Que, el Juez de Partido Tercero de Familia de la ciudad de Oruro, emitió la sentencia Nº 27/2006 de 18 de abril de 2006 de fs. 184 - 186, declarando probada la demanda de divorcio de fs. 7, subsanada a fs. 13, por la causal establecida en el art. 131 del Código de Familia, e improbada la demanda reconvencional de fs. 28 a 29, por las causales contenidas en los incs. 1) y 4) del art. 130 del Código de Familia, sin costas.

Disuelto el vinculo matrimonial que une a los esposos José María Antequera Quisbert y Teresa Cristina Lucero León, por culpa de ambos esposos, por consiguiente sin derecho a la asistencia familiar de la esposa.

Se fija asistencia familiar en favor de las hijas Marcela Tania y Andrea Alejandra de apellidos Antequera-Lucero en la suma de Bs. 400 que el obligado José María Antequera Quisbert deberá cancelar mensualmente en el departamento financiero bajo alternativa de ley.

En ejecución de sentencia procédase a la cancelación de la partida de Matrimonio Nº 46, de fecha 28 de enero de 1.989, de la Oficialía Nº 181, libro Nº 5-88-89, Folio Nº 23 celebrado en la localidad de Oruro, como la división y partición de bienes gananciales previa su comprobación fehaciente.

La Sala Civil Primera de la Corte Superior resolviendo la impugnación del recurso de apelación, mediante auto de vista Nº 078/2006 de 12 de junio de 2006 cursante a fs. 203- 204, CONFIRMA la sentencia Nº 27/2006 de fs. 184 a 186, con costas.

Contra la referida resolución de segundo grado, Teresa Cristina Lucero León, interpone recurso de casación, mediante un escueto memorial mencionando que el Auto de Vista es atentatorio a sus derechos respecto a la parte porcentual del vehículo vendido y que si nuevamente debe comprobar este hecho, tal circunstancia le ocasionaría perjuicio económico. Sobre la asistencia familiar que el monto determinado es atentatorio a sus hijas, al no haber tomado en cuenta los jueces de instancia el certificado expedido por la aduana nacional de fs. 124. Por último, que no ha tomado en cuenta la actitud del demandante que se encontraba ausente en todas las inspecciones judiciales.

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Criterio

Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, se tiene establecido que el recurso de casación se asemeja a una demanda nueva de puro derecho, que debe contener los requisitos enumerados en el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, sea que se plantee en la forma en el fondo o en ambos efectos a la vez, procediendo el recurso de casación en la forma cuando la resolución recurrida ha sido dictada violando formas esenciales del proceso, a su vez, el recurso de casación en el fondo, cuando el juez o tribunal de apelación a emitido una sentencia o auto de vista violando, interpretando erróneamente o aplicando indebidamente la ley, así como la prueba, conforme establecen los arts. 250, 253 y 254 del Código Procedimiento Civil, es decir en la forma, por errores in procedendo, que dan lugar a la nulidad del proceso y en el fondo, por errores injudicando, que motivan la invalidación de la resolución dictada con infracción de la ley sustantiva, no siendo suficiente, en ambos casos, la simple cita de disposiciones legales, sino fundamentar y precisar cuál la correcta aplicación de la norma cuya infracción se acusa.

Datos del proceso

Demandante
José María Antequera Quisbert
Demandado
Teresa Cristina Lucero León.
Proceso
Ordinario-Divorcio
Magistrado relator
Ivan Manolo Lima Magne

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Por carencia recursiva
Tribunal Supremo de Justicia27 de febrero de 2009AS/0079/2009Fuente oficial