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TSJ

AS/0081/2013

Tribunal Supremo de Justicia
25 de marzo de 2013Penal IMag. Fidel Marcos Tordoya
Proceso
homicidio
Sala
Penal I
Año
2013

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº 81/2013

Sucre, 25 de marzo de 2013

EXPEDIENTE: La Paz 58/2013

PARTES PROCESALES: Ministerio Público, María Salome Marino Choque contra Gisela Fabiana Tindal Mamani

DELITO: homicidio

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por la procesada Gisela Fabiana Tindal Mamani (fs 630 a 636), impugnando el Auto de Vista Nro. 149/2012 emitido el 4 de mayo de 2012 por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de La Paz (fs. 616 a 619), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Maria Salome Marino Choque contra la recurrente por la presunta comisión del delito de homicidio, previsto y sancionado por el artículo 251 del Código Penal.

CONSIDERANDO I: (Antecedentes del recurso de casación)

Concluido el juicio oral, público y contradictorio el Tribunal Tercero de Sentencia de la ciudad de El Alto por Sentencia Nro. 65/2011 de 16 de junio de 2011 (fs. 497 a 503) declaró a Gisela Fabiana Tindal Mamani autora de la comisión del delito de homicidio previsto y sancionado por el artículo 251 del Código Penal, condenándola a la pena privativa de libertad de veinte años de reclusión a cumplir en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de la ciudad de La Paz, más el pago de costas a favor del Estado, costas y reparación del daño civil a favor de la víctima.

La acusadora particular María Salome Marino Choque, el representante del Ministerio Público y la procesada Gisela Fabiana Tindal Mamani, interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 508 a 511, 512 a 513, 518 a 525), que fueron resueltos por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz por Auto de Vista Nro. 149/2012 de 4 de mayo de 2012, declarándolo improcedente, confirmando la Sentencia impugnada.

Contra dicha resolución la procesada Gisela Fabiana Tindal Mamani interpuso recurso de casación (fs.630 a 636) que ahora es caso de autos:

CONSIDERANDO II: (Motivos del recurso de casación)

Que la procesada formuló recurso de casación con los siguientes argumentos:

a) El Tribunal de Alzada no realizó correcta revisión, verificación, análisis y valoración de los fundamentos por los cuales interpuso recurso de apelación restringida, haciendo sólo simple transcripción errada de los fundamentos, sin siquiera mencionar en que se basan para llegar a esas conclusiones, puesto que no tomaron en cuenta:

La calificación correcta del ilícito, debiendo juzgarse por el delito de homicidio por emoción violenta, siendo que la prueba producida a lo largo del juicio oral, demostró que su persona fue víctima, puesto que el fallecido Sergio Santo Marino Choque fue quien en primer momento la agredió físicamente.

Que la Sentencia apelada carece de fundamentación además de ser contradictoria al insertar hechos inexistentes, no acreditados y realizar una valoración defectuosa de la prueba, máxime si se tiene pruebas que generan duda acerca de lo ocurrido el día de los hechos, al punto transcribe las doctrinas de los Autos Supremos Nros. 256 de 26 de julio de 2006, 437 de 24 de agosto de 2007 y 66 de 27 de enero de 2006, refiriendo que en el presente caso no se ha realizado una correcta valoración de la prueba producida en juicio, valorando unas si y otras no, situación que ha dado lugar a una fundamentación de la Sentencia insuficiente y contradictoria con los datos del proceso.

Que la imputada no está suficientemente individualizada en razón a que en el presente proceso penal, los miembros del Tribunal hacen una valoración tasada de la declaración prestada por la testigo presencial Elisa Choque, quien no aportó nada para el esclarecimiento del hecho, al contrario provocó que existiera duda acerca de su participación en el hecho.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público, María Salome Marino Choque
Demandado
Gisela Fabiana Tindal Mamani
Proceso
homicidio
Magistrado relator
Fidel Marcos Tordoya

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación
Tribunal Supremo de Justicia25 de marzo de 2013AS/0081/2013Fuente oficial