Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 81
Sucre, 14 de marzo de 2018
Expediente : 174/2017
Demandante : Mario Torres Navarro
Demandado : Servicio Nacional del Sistema de Reparto “SENASIR”
Materia : Reclamación de Compensación de Cotizaciones
Distrito : Chuquisaca
Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación de fs. 221 a 225 interpuesto por el SENASIR mediante Daniel Abraham Flores Baptista, en su condición de abogado regional Sucre y apoderado del Director General Ejecutivo y representante legal del ente gestor Juan Edwin Mercado Claros, contra el Auto de Vista 172/2017 de 27 de marzo, cursante de fs. 193 a 194, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso Social de Reclamación de Compensación de Cotizaciones, el memorial que contesta traslado de fs. 227 a 230, el Auto que concede el recurso de fs. 231, el Auto Supremo de admisión 174-A de 15 de mayo de 2017, antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES PROCESALES.
Resolución de la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR.
Iniciado el trámite de Compensación de Cotizaciones (CC) Procedimiento Automático por Mario Torres Navarro, el SENASIR emite el Formulario de Cálculo de Compensación de Cotizaciones Procedimiento Automático FORM-SIP-CC-A-001 Número 35761 de 14 de mayo de 2014, que una vez notificado, por carta notariada renuncia a éste procedimiento e inicia el trámite por Procedimiento Manual.
Previa certificación de aportes, la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto por Formulario de Cálculo de Compensación de Cotizaciones Procedimiento Manual Origen: Renuncia Automático FORM-SIP-CC-M-01 Nº 65057, Resolución 7087 de 19 de septiembre de 2016 (fs. 137 de obrados), otorga al asegurado una CC Mensual, reconociendo las cotizaciones realizadas al Ministerio de Educación y Cultura de los periodos enero/1990 a julio/1994 y de agosto/1995 a abril/1997, totalizando 6 años y 4 meses de aportes.
Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR.
El asegurado presenta recurso de reclamación contra la Resolución 7087, que le otorga una CC Mensual, resuelto por la Comisión de Reclamación del SENASIR mediante Resolución 450/16 de 26 de octubre, confirmando la resolución reclamada, por encontrarse de acuerdo a los datos del expediente y normativa vigente (Ver fs. 152 a 154 de obrados).
Auto de Vista.
En apelación interpuesta por el asegurado, la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Auto de Vista 172/2017 de 27 de marzo, cursante de fs. 193 a 194, revoca la resolución de la Comisión de Reclamación, y ordena al SENASIR dictar nueva resolución aplicando el principio de verdad material art. 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE) y el art. 14 del Decreto Supremo (DS) 27543 de 31 de mayo de 2004, referida a la acreditación de aportes mediante documentación supletoria.
Mostrando 19 de 38 parrafos.