Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 081/2019
Sucre, 13 de marzo de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-OR. 383/2017
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS:
El recurso de casación de fs. 104 a 107 interpuesto por Jorge Antonio Encinas Cladera por Héctor Alejandro Villalba Benavidez, representante legal de SETEC ORURO S.R.L. contra el Auto de Vista Nº 73/2017 de 19 de junio, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso laboral sobre sueldos devengados y beneficios sociales seguido por Ronald Villca Canedo contra SETEC Oruro S.R.L., el Auto de 1 de agosto de 2017 que concedió el recurso, el Auto N° 383/2017-A de 23 de agosto que lo admitió, los antecedentes del proceso; y,
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO.
I.1.- Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segundo de la Capital, emitió la Sentencia Nº 106/2016 de 26 de septiembre (fs. 76 a 82 vta.), complementada por Auto de 29 de septiembre, declarando PROBADA en parte la demanda social de fs. 16 a 17 “reiterada” de fs. 20 a 22 y de 25 vta. de obrados, disponiendo que el demandado cancele a favor del actor la suma de Bs. 40.464,47 de acuerdo al siguiente detalle.
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 4.409,14
Tiempo de trabajo: 2 años, 8 meses y 28 días
Indemnización: Bs. 12.100,72
Desahucio: Bs. 13.227,42 Vacación (gestión 2013-2014): Bs. 2.204,57
Vacación (gestión 2014-2015): Bs. 2.204,57
Sueldos devengados
(3 meses menos la compra de equipo de computación): Bs. 10.727,42
TOTAL A PAGAR Bs. 40.464,47
I.2.- Auto de Vista.
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 73/2017 de 19 de junio (fs. 99 a 101vta.), la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro confirmó la Sentencia Nº 106/2016 de 26 septiembre.
Que, del referido Auto de Vista, Jorge Antonio Encinas Cladera por Héctor Alejandro Villalba Benavidez, representante legal de SETEC ORURO S.R.L., interpuso recurso de casación de fs. 104 a 107 vta. de obrados, en el que se señalan los siguientes argumentos:
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