Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 82 Sucre 24 de marzo de 2005
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Ministerio Público c/ Sandra Molina Siñani y otro.
Tráfico de sustancias controladas.
VISTOS: el recurso de casación de fs. 93-96, interpuesto por Álvaro La Torre Zurita, Fiscal Adjunto de Sustancias Controladas, impugnando el Auto de Vista de 5 de noviembre de 2004 de fs. 88-90 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido a instancias del Ministerio Público contra Sandra Molina Siñani y Javier Sánchez Olmos, por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas en grado de encubrimiento, previstos y sancionados por los Arts. 48 y 75 de la Ley 1008, sus antecedentes, y;
CONSIDERANDO: que el recurso de casación para ser admitido debe cumplir los requisitos de: a) ser presentado dentro de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista, conforme el Art. 417 del CPP, b) citar el precedente contradictorio en el recurso de casación a tenor del Art. 416 de la misma ley adjetiva penal, y c) establecer la situación del hecho similar y precisar el sentido jurídico contradictorio entre el precedente y Auto de Vista impugnado.
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