Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 83 Sucre 12 de febrero de 2003
DISTRITO: Oruro
PARTES: María Quiroga Rojas, revisión de sentencia
VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, de la revisión de antecedentes, se establece que María Quiroga Rojas a fs. 364 y vlta., interpone el recurso extraordinario de revisión de sentencia ejecutoriada, señalando que existe la sentencia emitida por la Corte Suprema de Justicia que anula el Auto de Vista de 10 de enero de 1990, manteniendo firme la sentencia de primera instancia, fallo Supremo que resulta incompatible con la sentencia penal ejecutoria dictada por la Sala Penal de la Corte Superior de Oruro, dentro del fenecido proceso penal que le siguió el Ministerio Público, por el delito de tráfico de sustancias controladas.
Que, analizados los documentos acompañados, se desprende que son simples fotocopias del presunto proceso penal que le siguió el Ministerio Público por el delito de tráfico de sustancias controladas, sin que los mismos cumplan con el voto de la ley, aspecto que priva al Tribunal de revisión su consideración, por no estar llenados los requisitos previstos por el art. 423 del Código de Procedimiento Penal.
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, declara INADMISIBLE el recurso intentado por María Quiroga Rojas, salvando el derecho que le asigna el art. 427 del Código de Procedimiento Penal.
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