Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 85
Sucre: 27 de marzo de 2013
Expediente: C – 14 – 11 – S
Proceso: División y Partición de bien común.
Partes: Javier Alberto Téllez Mercado c/ Martha Cavero de Frías.
Distrito: Cochabamba
Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani
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VISTOS: El recurso de casación de fojas 163 y vuelta, interpuesto por Martha Cavero de Frías, contra el auto de vista de 26 de noviembre de 2010, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en el proceso ordinario de división y partición de bien común, seguido por Javier Alberto Téllez Mercado contra la recurrente, la respuesta de fojas 169 a 170, el auto concesorio de fojas 171, los antecedentes procesales, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO.-
Tramitada la causa de referencia, el Juez de Partido Noveno en lo Civil y Comercial de la ciudad de Cochabamba, emitió la sentencia de 22 de junio de 2007, cursante de fojas 124 a 128, declarando probada la demanda de división del inmueble de fojas 10 y ratificada por memorial de fojas 35, con costas. En consecuencia, ordeno la división y partición del inmueble de dos plantas ubicado en la acera norte de la calle Zenón Salinas, Zona Tupuraya, con una superficie de 207,20 mts2, disponiendo que en ejecución de sentencia se proceda a la venta forzosa en subasta pública y que su producto sea dividido en partes iguales entre los contendientes.
En grado de apelación, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Auto de Vista N° 143 de 26 de noviembre de 2010, cursante a fojas 159 y vuelta, confirma parcialmente la sentencia apelada, con la modificación de que la subasta y remate se lleve a cabo previo acuerdo, convenio voluntario de partes, y respecto a los frutos civiles se difiere su tratamiento para ejecución de sentencia, sin costas.
Contra la resolución de segundo grado, Martha Cavero de Frías, por memorial de fojas 163 y vuelta, interpone recurso de casación en la forma.
CONSIDERANDO II:
DE LOS FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN.-
La recurrente señala que, por memorial de fojas 10 el actor presenta demanda de división y partición de bien inmueble y simultáneamente pretende la devolución de frutos civiles en la proporción del 50%, demanda que es admitida por providencia de 14 de junio de 2005 y que cursa a fojas 15 vuelta, solo en cuanto a la división y no dando lugar a la devolución de los frutos civiles, decreto que no fue observado por la parte demandante; indica que, el juzgador de primera instancia sin tomar en cuenta este aspecto, en la sentencia ordena restituir a favor del actor los frutos civiles aspecto que no formó parte de la litis como presupuesto fáctico de la relación procesal, lo que evidencia la violación de los artículos 90, 91, 190 y 353 del Código de Procedimiento Civil, y da lugar a la nulidad de obrados en observancia del artículo 254 – 4) del Código de Procedimiento Civil.
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