Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 087 Sucre 24 de enero de 2007
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Arlin Dionisio Vaca Ortiz.
Recuso indirecto o incidental de inconstitucionalidad.
VISTOS: , a 24 de enero de 2007, Sucre
VISTOS: el memorial presentado por Arlin Dionisio Vaca Ortiz, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por el delito de violación, en el que solicita se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el artículo 328 Bis del Código Penal.
CONSIDERANDO: que por memorial de 1º de septiembre de 2006, Arlin Dionisio Vaca Ortiz, interpone recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad a efectos de someter a control constitucional el articulo 308 Bis del código Penal, que dispone: "Quien tuviera acceso carnal con persona de uno u otro sexo menor de catorce años, penetración anal o vaginal o introdujera objetos con fines libidinosos, será sancionado con privación de libertad de quince a veinte años, sin derecho a indulto".
Sostiene que el indulto es la remisión o perdón total o parcial de las penas judicialmente impuestas y no afecta la existencia del delito, sino simplemente el cumplimiento de la pena y que de acuerdo al articulo 17 de la Constitución Política del Estado, los delitos que enmarcan la pérdida del derecho a indulto son únicamente: el asesinato, parricidio y traición a la patria. En consecuencia, el articulo 308 Bis del Código Penal, al establecer una pena privativa de libertad sin derecho a indulto es inconstitucional, en tanto desconoce lo determinado por el precitado articulo 17 de la Constitución, vulnerando la norma constitucional y el derecho del recurrente a este beneficio, si las circunstancias se dan y así se amerita, contrariando a su vez el articulo 228 de la Ley Fundamental que dispone la jerarquía supremacía y estructura normativa, así como los artículos 32 y 16 de la Constitución Política del Estado.
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