Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo : 087/2014
Fecha : Sucre, 02 de mayo de 2014
Distrito : La Paz
Expediente : 423/2009
Partes : Felipe Luis Quelate Tito, representado legalmente por María X. Chuquimia Gonzales c/ Industria Procesadora de Papeles Saavedra INPROPELSA, representada por Cristhian Saavedra Jemio.
Proceso : Pago de Beneficios Sociales
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Cristhian Saavera Jemio, representado legalmente por Hernán Mario Clavel Salazar de fs. 271 a 273 vta., en contra del Auto de Vista N° 86/2009 de 17 de abril de 2009, de fs. 266 a 267 pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social por Pago de Beneficios Sociales seguido por Felipe Luis Quelate Tito representado legalmente por María X. Chuquimia Gonzales en contra del recurrente; la respuesta al recurso de fs. 276 a 278; los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, sin ingresar en mayores consideraciones de orden legal, dicta la Sentencia Nº 42/2008 de 09 de mayo de 2008, de fs.244 a 246 declarando PROBADA en parte la demanda e IMPROBADA la excepción de pago, disponiendo que la demandada pague derechos adquiridos conforme al siguiente detalle:
FECHA DE INGRESO: 19 de abril de 2004
FECHA DE RETIRO: 31 de agosto de 2006
TIEMPO DE SERVICIOS: 2 años, 4 meses, 8 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 666.-
INDEMNIZACIÓN: Bs. 1.778,00.-
DESAHUCIO: Bs. 2.098,00.-
PRIMA 2005-2006: Bs. 1.332,00.-
AGUINALDO 2006 (duodécimas): Bs. 892,00.-
VACACIÓN 15 días hábiles: Bs. 333,00.-
SUELDO DE AGOSTO: Bs. 750,00.-
SUB TOTAL: Bs. 7.181,00.-
(Menos finiquito de fs. 29 y 32) Bs. 1.745,00.-
TOTAL A CANCELAR: Bs. 5.435,71.-
SON: (CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO 71/100 BOLIVIANOS)
Que, en grado de apelación, por Auto de Vista N° 86/2009 de 17 de abril de 2009, de fs. 266 a 267, la Sala Social y Administrativa de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, REVOCA EN PARTE la Sentencia Nº 42/2008 de 09 de mayo de 2008 cursante de fs. 244 a 246 en lo que respecta al promedio indemnizable, y declara PROBADA EN PARTE LA EXCEPCIÓN PERENTORIA DE PAGO opuesta a fs. 49-50, debiendo cancelar a favor del actor la suma de Bs. 11.585,71.- de acuerdo a la siguiente liquidación. Sin costas por ser ambas partes apelantes.
TIEMPO DE SERVICIOS: 2 años, 4 meses, 8 días
PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 930.-
INDEMNIZACIÓN: Bs. 2.190,00.-
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