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TSJ

AS/0087/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
11 de febrero de 2022Civil
Proceso
Mejor derecho propietario y acción reivindicatoria
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 87/2022-RA

Fecha: 11 de febrero de 2022

Expediente: O-19-22-S.

Partes: Edgar Choque Mamani y Lourdes Leaño Mamani de Choque c/Juan Carlos

Contreras Fernández

Proceso: Mejor derecho propietario y acción reivindicatoria.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 444 a 445., interpuesto por Edgar Choque Mamani y Lourdes Leaño Mamani de Choque, contra el Auto de Vista N° 09/2022 de 03 de enero, cursante de fs. 435 a 440, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso ordinario de mejor derecho propietario y acción reivindicatoria seguido por los recurrentes contra Juan Carlos Contreras Fernández; el Auto de concesión de 03 de febrero de 2022, cursante a fs. 448, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Conforme los antecedentes contenidos en la demanda de fs. 34 a 35 vta., se tiene que Edgar Choque Mamani y Lourdes Leaño Mamani de Choque, iniciaron proceso ordinario de mejor derecho propietario y acción reivindicatoria, contra Juan Carlos Contreras Fernández, quien una vez citado contestó negativamente la demanda según escrito de fs. 56 a 56 vta., desarrollándose de esa manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia N° 09/2021 de 28 de abril de fs. 408 a 415, en la que el Juez Público Civil y Comercial 8° de la ciudad de Oruro, declaró IMPROBADA la demanda de reconocimiento de mejor derecho propietario y acción reivindicatoria.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Edgar Choque Mamani y Lourdes Leaño Mamani de Choque, mediante memorial de fs. 418 a 419 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emita el Auto de Vista N° 09/2022 de 03 de enero, cursante de fs. 435 a 440, por el que declaró INADMISIBLE el recurso de apelación deducido.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Edgar Choque Mamani y Lourdes Leaño Mamani de Choque, conforme memorial de fs. 444 a 445; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Edgar Choque Mamani y Lourdes Leaño Mamani de Choque
Demandado
Juan Carlos Contreras Fernández
Proceso
Mejor derecho propietario y acción reivindicatoria
Tribunal Supremo de Justicia11 de febrero de 2022AS/0087/2022-RAFuente oficial