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TSJ

AS/0088/2006

Tribunal Supremo de Justicia
28 de abril de 2006Social 2daMag. Juan José González Osio
Proceso
Recurso de Reclamación.
Sala
Social 2da
Año
2006

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 088

Sucre, 28 de abril de 2.006

DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Recurso de Reclamación.

PARTES: Noemí Elizabeth Castellón Céspedes c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR).

MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio.

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VISTOS: El recurso de casación de fs. 164, interpuesto por Alberto Gonzalo Burgoa Patzi, en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, anterior Dirección de Pensiones, contra el auto de vista Nº 187/04 de 5 de octubre de 2004, cursante a fs. 158-159, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de reclamación seguido por Noemí Elizabeth Castellón Céspedes, contra la entidad recurrente, el dictamen fiscal de fs. 168, los antecedentes y todo cuanto ver convino y se tuvo presente, y;

CONSIDERANDO: Que, interpuesto el recurso de reclamación de fs. 94-95, la Comisión de Reclamación de la Dirección de Pensiones, emitió la resolución Nº 076/04 de 19 de abril de 2004, que cursa a fs. 133-136, confirmando en parte la resolución Nº 09161 de 10 de septiembre de 2002, de fs. 93, por la que la Comisión de Calificación de Renta, recalculó la Renta Única de vejez con reducción de edad, que otorgara con anterior resolución Nº 012408 de 8 de julio de 1998, a la asegurada Noemí Elizabeth Castellón, del Sector Administración Pública.

En grado de apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Cochabamba, pronunció el auto de vista Nº 187/04 de 5 de octubre de 2004, cursante a fs. 158-159, revocando la resolución 076/04 de 19 de abril de 2004, dictada por la Comisión de Reclamación, quedando vigente y con plena validez la resolución administrativa Nº 012408 de 8 de julio de 1998, disponiendo se proceda a la cancelación de lo injustamente retenido, decisión contra la cual la entidad demandada, interpone el recurso de casación en el fondo a fs. 164, acusando genéricamente la infracción de los arts. 447 y 423 del Rgto. Cód. S.S.

Recurso que con la respuesta de la demandante se concede por auto de fs. 167.

CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso y no obstante de que no cumple a cabalidad con la carga procesal que impone el art. 258 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ., ingresando a su revisión en relación a los antecedentes del proceso, se concluye que:

1.- El auto de vista recurrido, dictado en el marco del art. 162 de la C.P.E., entre otras consideraciones funda su decisorio en la aplicación del art. 4º numeral 2 de la Resolución Ministerial Nº 1361 de 4 de diciembre de 1997, concordante con la Resolución Administrativa de 8 de diciembre de 1997, que establecen el cálculo de renta sobre el promedio de los 12 últimos salarios cotizados al 30 de abril de 1997, por lo que revoca la Resolución Administrativa Nº 076/04, dejando por consiguiente vigente y con plena validez la Resolución Administrativa Nº 012408 de 8 de julio de 1998.

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Datos del proceso

Demandante
Noemí Elizabeth Castellón Céspedes
Demandado
Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR).
Proceso
Recurso de Reclamación.
Magistrado relator
Juan José González Osio
Tribunal Supremo de Justicia28 de abril de 2006AS/0088/2006Fuente oficial