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TSJ

AS/0089/2013

Tribunal Supremo de Justicia
27 de marzo de 2013Civil LiquidadoraMag. Javier Medardo Serrano Llanos
Proceso
Nulidad de Escritura Pública e Inscripción en Derechos Reales
Sala
Civil Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 89

Sucre: 27 de marzo de 2013

Expediente: B – 4 – 08 – S

Proceso: Nulidad de Escritura Pública e Inscripción en Derechos Reales

Partes: Wilfredo Loayza Quiñones y otra c/ Cleider Caya Cortez.

Distrito: Beni

Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos

__________________________________________________________________________

VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Zulema Bethzabe Chávez en representación de Cleider Caya Cortez, cursante de fojas 118 y vuelta, contra el Auto de Vista Nº 194/07 de 27 de noviembre, pronunciado por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, dentro el proceso de Nulidad de Escritura Pública e Inscripción en Derechos Reales seguido por Wilfredo Loayza Quiñones y Ruth Mery Loayza Quiñones contra la señora Cleider Caya Cortez, la contestación de fojas 122 a 123, los antecedentes; y,

CONSIDERANDO: que, el Juez de Trabajo y Seguridad Social de Riberalta - Beni, pronunció la Sentencia Nº 82/07 de 24 de agosto cursante de fojas 88 a 90 vuelta, que declaró probada la demanda en todas sus partes, sin costas, en consecuencia Ordena la Nulidad y cancelación de Inscripción en Derechos Reales de la Escritura Pública contenida en el Testimonio Nº 76/2007; inscrita en Derechos Reales bajo la Partida Nº 8021010000595 de fecha 26 de febrero de 2007; además se reconoce el Derecho Propietario de los demandantes sobre el bien inmueble objeto de la litis en su condición de herederos del extinto propietario Mario Loayza Loayza (+) y se ordena el pago de daños y perjuicios causados por Cleider Caya Cortez, los cuales deberán ser determinados en ejecución de sentencia.

Deducida la apelación por la demandada de fojas 93 a 94 vuelta, mediante Auto de Vista Nº 194/07 de 27 de noviembre cursante de fojas 106 a 108, la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, confirma la sentencia, con la notificación de que se deja sin efecto la orden de pago de daños y perjuicios.

Que, contra el Auto de Vista, Zulema Bethzabe Chávez en representación de Cleider Caya Cortez, interpuso recurso de casación en base a los siguientes argumentos:

Al amparo de los artículos 146, 253 numeral 1), 255 numeral 1) y 257 del Código de Procedimiento Civil, sostiene que no se habrían tomado en cuenta los argumentos establecidos en el Recurso de Apelación, pues su mandante habría adquirido el bien inmueble como mandan las leyes, por lo que la Escritura Pública seria legitima y legal. Por otra parte, denuncia la contravención de los artículos 1538 y 1545 del Código Civil, porque los demandantes estarían buscando un mejor derecho basados en un documento sin valor.

Asimismo se remite al memorial del recurso de apelación, ya que el único objetivo de su mandante seria precautelar el bienestar y sustento de su hijo Luís Miguel Loayza Caya, y que los demandantes no han podido demostrar que mi mandante haya obrado de mala fe.

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Datos del proceso

Demandante
Wilfredo Loayza Quiñones y otra
Demandado
Cleider Caya Cortez.
Proceso
Nulidad de Escritura Pública e Inscripción en Derechos Reales
Magistrado relator
Javier Medardo Serrano Llanos
Tribunal Supremo de Justicia27 de marzo de 2013AS/0089/2013Fuente oficial