Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 90/2017
FECHA: Sucre, 14 de septiembre de 2017.
EXPEDIENTE Nº: 117/2004.
PROCESO: Detención Preventiva con Fines de Extradición.
PARTES: Laudelino Ferreira Vieira o Cledsoni Brinckler de Oliveira.
MAGISTRADA TRAMITADORA: Maritza Suntura Juaniquina.
VISTOS EN SALA PLENA: La Nota verbal N° 388 de 15 de agosto de 2017, remitida a este Tribunal por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, haciendo conocer la cancelación de la solicitud de extradición formulada por la Honorable Embajada de la República Federativa del Brasil del ciudadano brasilero Laudelino Ferreira Vieira o Cledsoni Brinckler de Oliveira, el informe de la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina; y,
CONSIDERANDO: Que la misión Diplomática del país requirente comunica a este Tribunal que el Segundo Juzgado Criminal de la ciudad de Corumbá, ha manifestado que el ciudadano extraditable, se encuentra custodiado en el Penal de Seguridad Máxima de Campo Grande, por lo que cancela la solicitud de extradición.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, ACEPTA la cancelación de la solicitud de extradición que fuera formulada por la República Federal del Brasil, teniéndola por no presentada, debiendo quedar sin efecto el mandamiento de detención preventiva dispuesto en el Auto Supremo N° 072/2004 de 25 de agosto, dictado por este Tribunal disponiéndose en consecuencia el archivo de obrados.
A los efectos consiguientes comuníquese con la presente resolución al Juez Instructor Octavo en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz de la Sierra por intermedio de la Presidencia de dicho Tribunal Departamental de Justicia, así como a la Honorable Embajada de la República Federal del Brasil.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
Fdo. Rómulo Calle Mamani
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