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TSJ

AS/0091/2019-RA

Tribunal Supremo de Justicia
6 de febrero de 2019CivilMag. Juan Carlos Berrios Albizu
Proceso
Rectificación de superficie de terreno, mejor derecho propietario, cancelación de matrícula computarizada, acción reivindicación y pago de daños y perjuicios.
Sala
Civil
Año
2019

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 91/2019-RA

Fecha: 06 de febrero de 2019

Expediente: CH-6-19-S

Partes: Roberto Valdiviezo Luna y Mary Salazar Ibarra de Valdiviezo. c/ Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo.

Proceso: Rectificación de superficie de terreno, mejor derecho propietario, cancelación de matrícula computarizada, acción reivindicación y pago de daños y perjuicios.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 1285 a 1291, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo representado por Tito Ronald Aramayo Carballo, contra el Auto de Vista SCCI - 341/2018 de 31 de diciembre, cursante de fs. 1272 a 1282, por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro de la acción de rectificación de superficie de terreno, mejor derecho propietario, cancelación de matrícula computarizada, acción reivindicación y pago de daños y perjuicios seguido por Roberto Valdiviezo Luna y Mary Salazar Ibarra de Valdiviezo contra entidad recurrente, la respuesta de fs. 1294 a 1299 vta., el Auto de concesión a fs. 1300; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1.- En base a la demanda cursante de fs. 301 a 314, planteada por Roberto Valdiviezo Luna y Mary Salazar Ibarra de Valdiviezo inician proceso ordinario de rectificación de superficie de terreno, mejor derecho propietario, cancelación de matrícula computarizada, acción reivindicación y pago de daños y perjuicios; acción que fue dirigida contra Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo, quienes una vez citados, contestan mediante memorial de fs. 765 a 768 vta., desarrollándose el proceso hasta dictarse Sentencia Nº 78/2018 de 26 de julio, cursante de fs. 1167 a 1186, por el Juez Público Civil, Comercial y de Sentencia Penal 2º de Monteagudo del Tribunal departamental de Justicia de Chuquisaca, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 301 a 314, desestimándose únicamente la demanda de pago de perjuicios, sin costas y costos.

2.- Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por el Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo representado por Tito Ronald Aramayo Carballo por memorial de fs. 1197 a 1206 vta.; la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió Auto de Vista SCCI - 341/2018 de 31 de diciembre, cursante de fs. 1272 a 1282, CONFIRMANDO la Sentencia Nº 78/2018, el Auto Nº 68/2018, y declaró INADMISIBLE apelación de tercero interesado.

3.- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por el Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo representado por Tito Ronald Aramayo Carballo mediante memorial de fs. 1285 a 1291, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado por el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también su legalidad; empero, no se debe dejar de lado el hecho de que este principio, en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que, al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, deben ser analizados ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico haciendo una interpretación integral de los arts. 271 al 275 del Código Procesal Civil, concluyéndose que los requisitos a ser analizados son: que la resolución admita recurso de casación, el plazo de interposición del recurso, la legitimación procesal para impugnar y el contenido o expresión de reclamos en el recurso de casación.

1. De la resolución impugnada.

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Datos del proceso

Demandante
Roberto Valdiviezo Luna y Mary Salazar Ibarra de Valdiviezo.
Demandado
Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo.
Proceso
Rectificación de superficie de terreno, mejor derecho propietario, cancelación de matrícula computarizada, acción reivindicación y pago de daños y perjuicios.
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu
Tribunal Supremo de Justicia6 de febrero de 2019AS/0091/2019-RAFuente oficial