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TSJ

AS/0093/2016

Tribunal Supremo de Justicia
10 de agosto de 2016Plena
Proceso
Conflicto de Competencia.
Sala
Plena
Año
2016

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Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 93/2016.

FECHA: Sucre, 10 de agosto de 2016.

EXPEDIENTE Nº: 06/2016.

PROCESO: Conflicto de Competencia.

PARTES: Suscitado entre el Juez Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Cochabamba y el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en el proceso social seguido por Jhonny Mauro Deheza Cruz contra Víctor Ayala Morejón.

VISTOS EN SALA PLENA: El conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba y el Juzgado Quinto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz en el proceso social seguido por Jhonny Deheza García; los antecedentes del proceso, el informe de la Magistrada Norka N. Mercado Guzmán.

CONSIDERANDO I: De los antecedentes que cursan en el expediente, se evidencia lo siguiente:

Que a través de representante legal y en la ciudad de La Paz, Jhonny Deheza García interpuso demanda social contra Víctor Ayala Morejón con domicilio en Cochabamba, para el pago de beneficios sociales, la cual fue sorteada al Juzgado Quinto de Partido de Trabajo y Seguridad Social, quien con Resolución 509/2015 de 25 de noviembre de 2015, declinó competencia en razón del territorio al Juzgado de la materia en la ciudad de Cochabamba (fs. 156).

Por su parte, el Juez Segundo de Partido de Trabajo de Cochabamba, con Auto de 22 de diciembre de 2015, cursante de fs. 160 a 161, se declaró sin competencia para conocer la causa, justificando su decisión en la previsión del art. 42 del Código Procesal del Trabajo que determina la jurisdicción de los jueces de la materia, a elección del demandante por el lugar donde preste o hubiere prestado servicios; por consiguiente, suscitó conflicto de competencias y dispuso la remisión de los antecedentes a esta Sala Plena.

CONSIDERANDO II: Que en el caso planteado ambos jueces se declararon sin competencia para conocer y resolver el proceso, suscitando la cuestión de competencia que corresponde resolver a esta Sala Plena, con la facultad atribuida por el art. 38-1) de la Ley del Órgano Judicial.

Sobre la competencia de los jueces laborales, el art. 42 del Código Procesal del Trabajo, señala que se determina a elección del demandante: por el lugar donde preste o hubiera prestado servicios el trabajador; por el lugar de la celebración del contrato o las relaciones de trabajo y, por el domicilio del demandado, concluyéndose entonces, que quien plantea la acción fija la competencia del juez laboral al elegir el lugar en el que presenta su demanda con base en las tres posibilidades señaladas por la norma, como ha ocurrido en el caso de autos, cuando en la demanda de fs. 150 a 153 vta., Jhonny Mauro Deheza Cruz, refiere que realizó viajes de La Paz-Desaguadero-Perú-Brasil-Cobija-La Paz y viceversa, infiriéndose entonces que su lugar de trabajo era la ciudad de La Paz, concluyéndose que la decisión del Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz de inhibirse del conocimiento de la causa y declinar competencia al juez de la materia del domicilio del demandado, fue incorrecta.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, declara que el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz es competente para conocer y resolver el proceso social incoado por Jhonny Mauro Deheza Cruz contra Víctor Ayala Morejón; por consiguiente, remítase el expediente con nota de atención y por conducto regular.

Por Secretaría, remítase copia legalizada de la presente resolución al Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, igualmente, con nota de atención y por conducto regular.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.

Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca

PRESIDENTE

Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez

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Datos del proceso

Demandante
Suscitado entre el Juez Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Cochabamba y el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en el proceso social seguido por Jhonny Mauro Deheza Cruz
Demandado
Víctor Ayala Morejón.
Proceso
Conflicto de Competencia.
Tribunal Supremo de Justicia10 de agosto de 2016AS/0093/2016Fuente oficial