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TSJ

AS/0094/2003

Tribunal Supremo de Justicia
12 de febrero de 2003Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2003

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Texto del fallo

SALA PENAL

AUTO SUPREMO No 94 Sucre 12 de febrero de 2003

DISTRITO: La Paz

PARTES: Samuel Rafael Boyan Téllez y otros c/ Arturo Segovia

Herrera,daño simple.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 182-184 vlta., interpuesto por Arturo Segovia Herrera, impugnando el Auto de Vista de fs. 176-177 de fecha 23 de diciembre de 2002, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del juicio penal oral, público y contradictorio, seguido por Samuel Rafael, Luz Martha y José Luis Boyan Téllez, contra el recurrente, por el delito de daño simple; sus antecedentes; y

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la nueva normativa penal vigente, el recurso de casación para ser admitido, debe cumplir indefectiblemente con los requisitos legales establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; esto es, que al interponer la apelación restringida debe invocarse el precedente contradictorio contenido en algún Auto de Vista dictado por las Salas Penales de las Cortes Superiores de Distrito o Auto Supremo pronunciado por la Sala Penal de la Corte Suprema, precisando los términos de la contradicción ante una situación de hechos similares, citando la fuente de donde proviene el precedente, además en el recurso de casación se debe señalar la contradicción en términos precisos para que el Tribunal Supremo establezca la doctrina legal que corresponda en su caso.

Que, en el caso de autos, Arturo Segovia Herrera, plantea el recurso de apelación restringida de fs. 118-120 vlta., sin cumplir con el mandato previsto por los arts. 416 y 417 de la Ley N° 1970, es decir, sin invocar el precedente contradictorio, menos en el recurso de casación, señala la contradicción a dilucidar en términos precisos, y en el fondo se concreta a efectuar una relación de los hechos y críticas al Auto de Vista, concluye "protestando adjuntar el fallo contradictorio a efectos del análisis respectivo por el Supremo Tribunal".

Por lo expuesto, y al no haberse cumplido con los requisitos indicados, corresponde declarar su inadmisibilidad.

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Datos del proceso

Demandante
Samuel Rafael Boyan Téllez y otros
Demandado
Arturo Segovia
Tribunal Supremo de Justicia12 de febrero de 2003AS/0094/2003Fuente oficial