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TSJReiteradora

AS/0094/2020

Tribunal Supremo de Justicia
6 de marzo de 2020Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Nulidades / Procede

El recurrente menciona que el punto 4 del Considerando de conclusiones del Auto de Vista, añade que nuevamente no se valoró el contenido del recuro de apelación de fs. 85 a 88, sobre el aspecto de sanción o multa del 30 %, por el no pago en plazo de 15 días, incurriendo de esa manera en violación de...

Proceso
RECURSO DE CASACION/ PROCESO LABORAL
Sala
Social 2da
Año
2020

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 094/2020

Sucre, 06 de marzo de 2020

Expediente: SC-CA.SAII-LP. 533/2019

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

Vistos: El recurso de casación en el fondo de fs. 104 a 106 y vlta., interpuesto por Tatiana Roberta Mallo Camacho, contra el Auto de Vista Nº 43/2019 de 13 de junio de 2019, de fs. 101 a 102 y vlta., pronunciado por la Sala Social Administrativa Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales, seguido por Sonia Churata Paco contra la parte recurrente, el Auto N° 143/2019 de 10 de octubre de 2019, de fs. 113., que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 542/2019-A de 30 de diciembre de 2019, de fs. 121 y vlta., que admitió el recurso de casación; los antecedentes del proceso, y:

I.- Antecedentes del Proceso.

I.1.- Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, el Juzgado Séptimo de trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justica de La Paz, emitió la Sentencia Nº 068/2017 de 13 de abril de 2017 (fs. 53 a 58), declarando probada en parte la demanda de fs. 12 a 13, subsanada a fs. 16, por Sonia Churata Paco, en consecuencia la parte recurrente debe pagar los siguientes montos en favor de la parte actora.

Jacinta Julia Caparicona

Fecha de ingreso: 12 de febrero de 2014

Fecha de retiro: 13 de octubre de 2014

Tiempo de Trabajo: 8 meses, 1 día

Salario base: Bs. 1.300,00

Nivelación Salarial: Bs. 140,00

Salario Promedio Indemnizable: Bs. 1.440,00

INDEMNIZACION POR TIEMPO DE SERVICIOS

08 meses: Bs. 960,00

01 día: Bs. 4,00

Desahucio: Bs. 4.320,00

Aguinaldo: Bs. 964,00

Segundo Aguinaldo: Bs. 694,00

Salario devengado: Bs. 1,488,00

Nivelación salarial 8 meses, 1 día: Bs. 1.124,60

SUB TOTAL 1

Multa 30% D.S. 28699: Bs. 2.947,38

TOTAL A SER PAGADO: Bs.12.771,98

SON: DOCE MIL SETECIENTOIS SETENTA Y UNO 98/100 BOLIVIANOS.-

Los montos descritos, deben ser actualizados en UFVs., hasta el día anterior a la fecha en se realice el pago, conforme determina el art. 9-I del D.S. 2869 de 01 de mayo de 2006.

I.2.- Auto de Vista.

En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 43/2019 de 13 de junio de 2019 (fs. 101 a 102.), la Sala Social y Administrativa Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó en parte la Sentencia apelada (fs. 53 a 58.), correspondiendo deducirse de la liquidación practicada el concepto de doble aguinaldo, manteniendo firme y subsistente, sea conforme la siguiente liquidación:

Sonia Churata Paco

Tiempo de servicio: 8 meses y 1 día.

Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 1.440,00.-

Indemnización: Bs. 964,00

Desahucio: Bs. 4.320,00

Aguinaldo duodécimas: Bs. 964,00

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Máxima

OBSERVANCIA DEL DEBIDO PROCESO/ El Tribunal de alzada, debe considerar y resolver todos los agravios expuestos por el recurrente, de manera motivada y fundamentada, para resguardar de esa forma, los derechos a la defensa y el debido proceso.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACION/ PROCESO LABORAL
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

SC 0444/2011-R de 18 de abril

Tribunal Supremo de Justicia6 de marzo de 2020AS/0094/2020Fuente oficial