Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 094/2020
Sucre, 06 de marzo de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 533/2019
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
Vistos: El recurso de casación en el fondo de fs. 104 a 106 y vlta., interpuesto por Tatiana Roberta Mallo Camacho, contra el Auto de Vista Nº 43/2019 de 13 de junio de 2019, de fs. 101 a 102 y vlta., pronunciado por la Sala Social Administrativa Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales, seguido por Sonia Churata Paco contra la parte recurrente, el Auto N° 143/2019 de 10 de octubre de 2019, de fs. 113., que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 542/2019-A de 30 de diciembre de 2019, de fs. 121 y vlta., que admitió el recurso de casación; los antecedentes del proceso, y:
I.- Antecedentes del Proceso.
I.1.- Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, el Juzgado Séptimo de trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justica de La Paz, emitió la Sentencia Nº 068/2017 de 13 de abril de 2017 (fs. 53 a 58), declarando probada en parte la demanda de fs. 12 a 13, subsanada a fs. 16, por Sonia Churata Paco, en consecuencia la parte recurrente debe pagar los siguientes montos en favor de la parte actora.
Jacinta Julia Caparicona
Fecha de ingreso: 12 de febrero de 2014
Fecha de retiro: 13 de octubre de 2014
Tiempo de Trabajo: 8 meses, 1 día
Salario base: Bs. 1.300,00
Nivelación Salarial: Bs. 140,00
Salario Promedio Indemnizable: Bs. 1.440,00
INDEMNIZACION POR TIEMPO DE SERVICIOS
08 meses: Bs. 960,00
01 día: Bs. 4,00
Desahucio: Bs. 4.320,00
Aguinaldo: Bs. 964,00
Segundo Aguinaldo: Bs. 694,00
Salario devengado: Bs. 1,488,00
Nivelación salarial 8 meses, 1 día: Bs. 1.124,60
SUB TOTAL 1
Multa 30% D.S. 28699: Bs. 2.947,38
TOTAL A SER PAGADO: Bs.12.771,98
SON: DOCE MIL SETECIENTOIS SETENTA Y UNO 98/100 BOLIVIANOS.-
Los montos descritos, deben ser actualizados en UFVs., hasta el día anterior a la fecha en se realice el pago, conforme determina el art. 9-I del D.S. 2869 de 01 de mayo de 2006.
I.2.- Auto de Vista.
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 43/2019 de 13 de junio de 2019 (fs. 101 a 102.), la Sala Social y Administrativa Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó en parte la Sentencia apelada (fs. 53 a 58.), correspondiendo deducirse de la liquidación practicada el concepto de doble aguinaldo, manteniendo firme y subsistente, sea conforme la siguiente liquidación:
Sonia Churata Paco
Tiempo de servicio: 8 meses y 1 día.
Sueldo Promedio Indemnizable: Bs. 1.440,00.-
Indemnización: Bs. 964,00
Desahucio: Bs. 4.320,00
Aguinaldo duodécimas: Bs. 964,00
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