Texto del fallo
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N ° 99 Sucre, 28 de mayo de 2008
DISTRITO: Santa Cruz. PROCESO: Concurso necesario de acreedores. Desistimiento.
PARTES: Edwin Menduiña Castro c/ Merle Espinoza Villa y otra.
VISTOS: El memorial de desistimiento de fs. 1688, presentado por Cimar Martínez Barrero en representación del señor Edwin Menduiña Castro y el memorial de desistimiento de fs. 1690 presentado por Cimar Martínez Barrero en representación del señor Rubén Eduardo Guardia, Gerente General del Banco de la Nación Argentina, dentro del concurso necesario de acreedores promovido por Edwin Menduiña Castro contra Merle Espinoza Villa y Piedades Roca de Espinoza, y
CONSIDERANDO: Que, Cimar Martínez Barrero, adjuntado los testimonios de poder No. 080/2008 y No. 0295/2008, se apersona en representación legal de los recurrentes Edwin Menduiña Castro y Rubén Eduardo Guardia, Gerente General del Banco de la Nación Argentina, y formula desistimiento de los recursos de casación interpuestos por los arriba nombrados a fs. 1656-1657 y 1662 a 1663, contra el auto de vista saliente a fs. 1628 y vlta., pronunciado en fecha 15 de marzo de 2006, por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito de Santa Cruz.
Que, conforme establece el art. 307 del Código de Procedimiento Civil, una vez presentado el desistimiento del recurso de casación, corresponde aceptarlo sin más trámite.
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