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TSJ

AS/0099/2014

Tribunal Supremo de Justicia
28 de abril de 2014Social 1era LiquidadoraMag. Carmén Nuñez Villegas
Proceso
Sala
Social 1era Liquidadora
Año
2014

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Texto del fallo

AUTO SUPREMO Nº 099/2014

Sucre, 28 de abril de 2014

EXPEDIENTE:         S.582/2009

DISTRITO:                 Pando

VISTOS: El recurso de casación de fojas 65 y vuelta, interpuesto por Oscar Gamez Guerrero en su condición de Director Departamental de Caminos de Pando, en virtud de la Resolución Prefectural Nº 32/09 de 4 de marzo de 2009 cursante de fojas 30 a 31 (expediente mal foliado pasa de fojas 30 a 32), dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Liliana Herrera Gonzáles contra el recurrente, el Auto de concesión del recurso de fojas 69 vuelta, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cobija, Distrito Judicial de Pando, emitió la Sentencia Nº 26/09 de 13 de junio de 2009 (fojas 45 a 47), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 14 a 15, sin costas, por lo que la institución demandada deberá cancelar los beneficios demandados a favor de la actora, por la suma de Bs. 12.952,- de acuerdo con el siguiente detalle:

Tiempo de servicios:        2 años y 19 días

Salario indemnizable:        Bs. 2.333,00

Desahucio:        Bs.        6.999,00

Indemnización:        Bs.        4.787,00

Vacación:        Bs.        583,00

Aguinaldo:        Bs.        583,00

TOTAL        Bs.        12.952,00

Dispone asimismo que el monto determinado deberá ser cancelado a tercero día de ejecutoriada la Sentencia.

En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 43 de 21 de agosto de 2009 (fojas 61 a 62), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, CONFIRMÓ TOTALMENTE la Sentencia apelada, sin costas.

Que, contra el referido Auto de Vista, Oscar Gamez Guerrero, en representación del Servicio Departamental de Caminos de Pando (SEDCAM), interpuso recurso de casación en el fondo (fojas 65 y vuelta), en el que señala lo siguiente:

Acusa la violación del artículo 1 del Decreto Reglamentario a la Ley General del Trabajo, ya que la demandante, asevera, recibe su sueldo o salario con recursos provenientes de fondos públicos, encontrándose dentro de los alcances de los artículos 4 al 6 del Estatuto del Funcionario Público.

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Datos del proceso

Magistrado relator
Carmén Nuñez Villegas
Tribunal Supremo de Justicia28 de abril de 2014AS/0099/2014Fuente oficial