Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 99/2022
FECHA: Sucre, 02 de agosto de 2022
EXPEDIENTE: 06/2022.
PROCESO: Recurso Extraordinario de Revisión de
Sentencia.
PARTES: Rubén Ramírez Aguirre contra el Auto
Supremo N° 172/2021 de 02 de marzo.
MAGISTRADO TRAMITADOR: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de revisión extraordinaria del Auto Supremo N° 172/2021 de 02 de marzo, de fs. 45 a 48, presentado por Rubén Ramírez Aguirre, emergente del fenecido proceso ordinario de reivindicación seguido por su persona y otros contra Reyno Álvarez Canaviri, Amelia Atora Fernández, Israel David Mamani Cortez y Mayda Roxana Álvarez Atora, solicitando en su favor la restitución del bien inmueble ubicado en Calle Velasco Galvarro No. 7164 de la ciudad de Oruro, amparado en el art. 56 de la Constitución Política del Estado y 105.1 del Código Civil, concordante con el art. 1538 de la citada norma; el Auto Supremo N° 172/2021 de 02 de marzo, de fs. 29 a 38, y;
CONSIDERANDO I: El Juez Público Nro. 12 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, emitió la Sentencia de 3 de julio de 2019, quien determinó declarar probada la demanda reconvencional de pago sólo en forma parcial e improbada la demanda de consolidación de venta y registro en Derechos Reales interpuesta por Reyno Álvarez Canaviri y Amelia Atora Fernández de Álvarez y de reconocimiento de pago solo en parte; resolución que fue recurrida en apelación por la parte demandada, misma que confirmó la sentencia de primera instancia.
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