Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 101 Sucre 31 de enero de 2007
DISTRITO: Chuquisaca
PARTES : Ministerio Público c/ Huber Ríos Ríos y otra.
Tráfico de sustancias controladas.
MINISTRO RELATOR: Dr. Wilfredo Ovando Rojas.
, a 31 de enero de 2007, Sucre.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 137 a 138 interpuesto por Huber Ríos Ríos y Talía Saracho Pérez impugnando el Auto de Vista Nº 135 de 19 de junio de 2006 de fojas 120 a 126, pronunciado por la Sala Penal de la R. Corte Superior de Justicia del Distrito de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra los recurrentes, por el delito de tráfico de sustancias controladas, previstos y sancionados por los artículos 48 con relación al 33 inciso m) de la Ley Nº 1008.
CONSIDERANDO: que el Tribunal de Sentencia Nº 2 de la ciudad de Sucre, declaró a Huber Ríos Ríos y Talia Saracho Pérez absueltos del delito de tráfico de sustancias controladas incurso en los artículos 48 con relación al 33 inciso m) de la Ley Nº 1008, sin costas. La referida resolución fue apelada y resuelta por el Auto de Vista de fojas 120 a 126 que declaró procedente los motivos 1 y 2 del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público e improcedente el motivo 3, en consecuencia anuló totalmente la sentencia, disponiendo la reposición del juicio por el Tribunal de Sentencia Nº 1 de la ciudad de Sucre. El mencionado auto fue recurrido de casación y admitido por Auto Supremo Nº 144 a 145 de obrados.
CONSIDERANDO: que Huber Ríos Ríos y Talía Saracho Pérez impugnan el Auto de Vista Nº 135/2006, manifestando:
1) Que el Tribunal de Alzada vulneró el artículo 398 del Código de Procedimiento Penal, porque el Fiscal solicita se pronuncie sobre la legitimación activa y en forma ultra petita el Tribunal de Apelación se refiere a diligencias preliminares de la F.E.L.N., facultades de los policías, flagrancia, requisa personal, acta de incautación, acta de apertura de encomienda; y,
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