Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo N° : 101 /2014
Fecha : Sucre, 12 de mayo de 2014
Distrito : Cochabamba
Expediente N° : 429/2009
Partes : Wilson Sánchez Espinoza y Santos Vargas Bustamante c/ La Empresa CONSCAL S.A.
Proceso : Beneficios Sociales
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación de fs. 153 a 154, interpuesto por Eduardo Pereira Sanzetenea en su condición de Gerente General de la Empresa CONSCAL S.A., contra el Auto de Vista N° 128/2009 de 15 de abril de 2009, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, cursante de fs. 148 a 149 y vta., dentro del Proceso Laboral de Beneficios Sociales seguido por Wilson Sánchez Espinoza y Santos Vargas Bustamante contra la Empresa Recurrente, los Antecedentes del Proceso, la respuesta al Recurso de Casación; y,
CONSIDERANDO I: Que, iniciado el Proceso Social el Juez 2° del Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, emitió la Sentencia de 18 de abril de 2007 de fs. 127 a 132, la que en su parte resolutiva FALLA declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 2 a 4 con las modificaciones consiguientes establecidas en los puntos precedentes; por lo que se ordena a EDUARDO PEREIRA SANZETENEA en su calidad de representante legal de la EMPRESA CONSTRUCTORA CONSCAL S.A., para que dentro de tercero día de ejecutoriada la Sentencia y bajo alternativa de Ley, dé y pague a la demandante los montos de las liquidaciones que siguen, más la
correspondiente actualización y multa prevista por el art. 9 del Decreto Supremo N° 28699 por el retraso en el Pago de sus Beneficios Sociales:
1.-PARA WILSON SANCHEZ ESPINOZA
Tiempo de servicios.- 3 años, 2 meses y 12 días.
Salario promedio indemnizable.- Bs. 1.200.
Indemnización por tiempo de servicios.- Bs. 3.840.-
Desahucio.- Bs. 3.600.-
Aguinaldo por duodécimas de 10 meses de la
Gestión 2006 doble por su incumplimiento.- Bs. 2.000.-
Vacaciones (30 días).- Bs.1.200.-
Primas por utilidades de las gestiones 2004 y 2005.- Bs. 2.400.-
Prima por duodécimas 10 meses de la gestión 2006.- Bs.1.000.-
Bono de antigüedad computable desde el 20 de
Agosto de 2005 hasta el 30 de abril de 2006,
Equivalente al 5% de un salario mínimo nacional de
Bs. 440 establecido por el Decreto Supremo
N° 28699 de 1º de mayo de 2006.- Bs. 150.-
SUMA TOTAL ABONABLE Bs. 14.373,33.-
2.- PARA SANTOS VARGAS BUSTAMANTE
Tiempo de servicios.- 2 años, 6 meses y 1 día.
Salario promedio indemnizable.- Bs. 1200.-
Aguinaldo por duodécimas de 4 meses y 19 días
De la gestión 2006 doble por su incumplimiento.- Bs. 926,66.-
Vacaciones (30 días).- Bs. 1.200.-
Primas por utilidades de las gestiones 2004 y 2005.- Bs.2.400.-
Prima por duodécimas de 4 meses y 19 días
De la gestión 2006.- Bs.463, 33.-
Salario devengado de abril de 2006.- Bs.760.-
Salario devengado de 19 días de mayo de 2006.-
Bono de antigüedad computable desde el 19 de
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