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TSJ

AS/0102/2006

Tribunal Supremo de Justicia
29 de abril de 2006Social 2da
Proceso
Beneficios Sociales.
Sala
Social 2da
Año
2006

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 102

Sucre, 29 de abril de 2.006

DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Beneficios Sociales.

PARTES: Félix Ovando Ríos c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.)

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VISTOS Y CONSIDERANDO: El memorial de fs. 1160 presentado por Edwin Luis Andrade Daza y con respaldo de los incs. 1) y 2) del art. 305 del Cód. Pdto. Civil, formula desistimiento de la acción y del derecho, dentro del proceso laboral por beneficios sociales seguido por Félix Ovando Ríos en su representación contra Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos.

Que, conforme señala el art. 305 del citado Cód. Pdto. Civ., el desistimiento de la acción y del derecho no requiere de conformidad de la parte demandada, correspondiendo a este Tribunal simplemente examinar, si procede el desistimiento y dar por concluido el proceso.

En el caso presente de la revisión del memorial que precede el impetrante Edwin Luis Andrade Daza, manifiesta voluntariamente su decisión de dejar sin efecto jurídico alguno la demanda presentada contra Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, con relación a su persona.

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Datos del proceso

Demandante
Félix Ovando Ríos
Demandado
Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.)
Proceso
Beneficios Sociales.
Tribunal Supremo de Justicia29 de abril de 2006AS/0102/2006Fuente oficial