Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 102
Sucre, 19 de abril de 2.008
DISTRITO: La Paz PROCESO: R. de Pensiones.
PARTES: Sofía Chambi Carlos vda. de Flores c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto.
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. (107-108), interpuesto por Luis Alberto Orellano Valenzuela, Director General Ejecutivo Interino del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, contra el Auto de Vista No. 215/06 SSA-II de 4 de octubre de 2006 (fs. 104-105) pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de reclamación, seguido por Sofía Chambi Carlos vda. de Flores contra la entidad recurrente, la respuesta de fs. 112, el dictamen fiscal de fs. 118-119, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs. 62, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, emitió la Resolución No. 167.06 de 27 de enero de 2006 (fs. 72-74), confirmando la Resolución Nº 004108 de 2 de marzo de 2005 (fs. 45-46), emitida por la Comisión Calificadora de Rentas, modificando además en parte la Resolución Nº 005194 de 18 de marzo de 2005 de fs. 50, debiendo efectuarse recálculo de la renta; y por último resuelve anular las boletas de pago correspondientes a los meses de diciembre/2004 y enero a febrero/2005 por la Dirección Nacional de Operaciones.
En grado de apelación, interpuesto por la interesada, por Auto de Vista No. 215/06 SSA-II de 4 de octubre de 2006 (fs. 104-105), se revoca la Resolución Nº 167.06 de 27 de enero de 2006, disponiendo la rehabilitación de la renta de viudedad a favor de Sofía Chambi Carlo vda. de Flores, a partir del día siguiente del que le fue suspendido y se proceda al pago como dispone la Resolución Nº 010689 de 13 de noviembre de 2002.
Este fallo motivó el recurso de casación de fs. 107-108, planteado por el representante del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), alegando que el tribunal de alzada realizó errónea interpretación del art. 37 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición de la Unidad de Recaudación, normativa que señala que si la beneficiaria mantiene concubinato se suspende la renta; añade que la prueba producida no ha sido valorada conforme a ley, toda vez que se le da valor legal a simples fotocopias que no tienen valor legal alguno y certificaciones no otorgadas por autoridades competentes. Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido y se confirme en todas sus partes la Resolución Nº 167.06 de 27 de enero de 2006.
CONSIDERANDO II: Que, de los antecedentes procesales se tiene lo siguiente:
1) La Comisión de Calificación de Rentas, emitió la Resolución Nº 004108 de 2 de marzo de 2005 (fs. 45-46), que dispone la suspensión definitiva de la renta de viudedad de la derecho habiente Sofía Chambi Carlo, por mantener relación concubinaria con Sebastián Mujica Apaza, resolviendo además redistribuir la renta de orfandad a favor de los hijos menores Eduardo Efraín y Heber Gustavo Flores Chambi.
2) Asimismo, se constata que la Comisión de Reclamación, resolviendo el recurso de reclamación de fs. 62, interpuesto por la interesada dicta la Resolución No. 167.06 de 27 de enero de 2006 (fs. 72-74), que confirma la Resolución Nº 004108 de 2 de marzo de 2005 (fs. 45-46), emitida por la Comisión Calificadora de Rentas, modifica en parte la Resolución Nº 005194 de 18 de marzo de 2005 de fs. 50, debiendo efectuarse recálculo de la renta; y por último anula las boletas de pago correspondientes a los meses de diciembre/2004 y enero a febrero/2005.
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