Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CIVIL
Auto Supremo: 102/2012
Sucre: 27 de abril de 2012
Expediente: B-10-12-COM
Partes: Alcides Duran Morales; Cisilia Ticona Mamani y Anacleta Laura c/ Vocales de la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia del Beni.
Proceso: Recurso de Compulsa.
Distrito: Beni.
VISTOS: La compulsa de fs. 19 a 20, interpuesto por Alcides Durán Morales, Cicilia Ticona Mamani y Anacleta Laura de Quispe, contra el Auto Interlocutorio Nº 23/2012 de fecha 07 de marzo, a través del cual, la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, negó la concesión del recurso de casación en el fondo de fs. 14 a 16, interpuesto por los compulsantes contra el Auto Interlocutorio Nº 008/2012 de fecha 19 de enero 2012, que rechaza el incidente de nulidad de obrados, dentro del proceso Ordinario de Anulabilidad de Escritura Pública que sigue Petrona Eguez Rodríguez contra Alcides Durán Morales, Cisilia Ticona Mamani y Anacleta Laura de Quispe, los antecedentes que cursan en el cuaderno de compulsa; y
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES Y HECHOS QUE MOTIVAN EL RECURSO:
Que, de la revisión de antecedentes se advierte que, Oscar Rodríguez Herrera, abogado defensor de oficio de Jenny Egüez interpuso ante la Sala Civil de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Beni incidente de nulidad de obrados por falta de su notificación con el Auto de Vista Nº 106/11 de fecha 11 de mayo, omisión que habría generado la ejecutoria del indicado fallo.
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