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TSJ

AS/0103/2012

Tribunal Supremo de Justicia
9 de julio de 2012Social LiquidadoraMag. María Arminda Ríos García
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social Liquidadora
Año
2012

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº 103/2012

EXPEDIENTE: S.407/2008

PARTES: Iván Cavero Almendras c/ Empresa DACO Construcciones S.R.L.

PROCESO: Beneficios Sociales

DISTRITO: Tarija

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 82 a 84, del Auto de Vista de fecha 30 de junio de 2008, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija (fojas 78 y vuelta), interpuesto por Marcelo Américo Romero Llanos en representación legal de la Empresa DACO Construcciones S.R.L., el memorial de contestación al recurso de casación (fojas 87 y vuelta) dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Iván Cavero Almendras contra el recurrente, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió la Sentencia de fecha 14 de mayo de 2008 (fojas 55 vuelta a 57), declarando probada en parte la demanda de fojas 4 a 5 y vuelta, disponiendo en consecuencia, que la Empresa DACO Construcciones S.R.L. cancele a favor de Iván Cavero Almendras, la suma Bs. 8.711,09.- por los siguientes conceptos:

Sueldo promedio indemnizable Bs. 1.400,00

Desahucio (3 meses) Bs. 4.200,00

Indemnización (11 meses) Bs. 1.283,33

Aguinaldo (duod. 8 meses 25 días Doble) Bs. 2.061,10

Salario devengados 25 días 2007 Bs. 1.166,66

TOTAL Bs. 8.711,09

En grado de apelación, por Auto de Vista de fecha 30 de junio de 2008 (fojas 78 y vuelta), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, confirmó la Sentencia apelada, con costas.

Que, contra el referido Auto de Vista, Marcelo Américo Romero Llanos en representación legal de la Empresa DACO Construcciones S.R.L., interpuso recurso de casación (fojas 82 a 84), en el que señala:

1.- EN EL FONDO

Acusa incorrecta valoración de la prueba ofrecida de descargo y mala interpretación del artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, que implica un quebrantamiento de las formalidades esenciales que hacen el debido proceso, razón por la que interpone el recurso de casación.

INCORRECTA VALORACIÓN DE LA PRUEBA DE DESCARGO OFRECIDA que se tiene probada la relación laboral pero que el demandante incumplió el contrato laboral "... y constituye causal suficiente de despido sin derecho a sus beneficios sociales." No cumplió el Reglamento Interno de la Empresa, no prestó sus servicios con eficacia y eficiencia, no cumplió su trabajo bajo las condiciones de respeto y moralidad, no hubo de parte del trabajador comportamiento leal con su empleador; con relación a la prueba ofrecida por el demandante, no constituye prueba suficiente que acredite que él fue despedido sin "pre-aviso" al contrario de manera voluntaria abandonó su fuente laboral por más de seis días continuos. (sic)

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Datos del proceso

Demandante
Iván Cavero Almendras
Demandado
Empresa DACO Construcciones S.R.L.
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
María Arminda Ríos García
Tribunal Supremo de Justicia9 de julio de 2012AS/0103/2012Fuente oficial