Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 104/2005 FECHA: 14 de septiembre de 2005
EXP. N°: 163/2005
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Ministerio de Servicios y Obras Públicas contra Superintendente General del Servicio Civil
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por Álvaro Rodrigo Ríos Laguna en representación del Ministerio de Servicios y Obras Públicas contra el Superintendente General del Servicio Civil en la que impugna las Resoluciones N°s SSC/IRJ/026/2005 y SSC/IRJ/027/2005; el Informe de la Ministra Tramitadora Emilse Ardaya Gutiérrez, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada.
Que de la revisión de los antecedentes procesales se evidencia que las resoluciones impugnadas fueron notificadas al representante legal de la entidad demandante el 13 de abril de 2005 y la demanda fue presentada el 13 de julio del año en curso; es decir, luego de transcurridos noventa y un días contados a partir del día siguiente hábil a la notificación y por tanto, fuera del plazo fatal establecido por el mencionado artículo 780 del código adjetivo, correspondiendo su rechazo in límine.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada por Álvaro Rodrigo Ríos Laguna en representación del Ministerio de Servicios y Obras Públicas contra el Superintendente General del Servicio Civil, por extemporánea.
No interviene el Presidente Héctor Sandoval Parada por encontrarse en comisión oficial.
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