Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: Nº 104 Sucre 06 de abril de 2006.
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Benito Rocha.
Transporte de sustancias controladas.
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VISTOS: el recurso de casación cursante de fojas 63 a 65 interpuesto por Benito Rocha impugnando el Auto de Vista de fecha 13 de octubre de 2005 de fojas 51 a 52, dictado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro el juicio penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas, (artículo 55 de la Ley Nº 1008).
CONSIDERANDO: que examinados los obrados del proceso, se concluye que la impetrante ha planteado los recursos que la ley le concede, cumpliendo los plazos señalados en los artículos 408 y 417 el Código de Procedimiento Penal.
Que el recurso de casación interpuesto no cumple con los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, ya que si bien hace referencia como precedente contradictorio al Auto Supremo Nº 97 de 18 de febrero de 2004 el mismo que posibilita la admisión del recurso cuando existe violación a derechos fundamentales o a la "garantía constitucional del debido proceso", en el caso de autos el fundamento de que se habría incurrido en violación a la garantía del "debido proceso" por no existir "fundamentación suficiente en el Auto de Vista recurrido".
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