Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: Nº 104 Sucre, 15 de febrero de 2007
DISTRITO: Potosí
PARTES: Ministerio Público y otro c/ Boris Hugo Romero Yakovenko.
Lesiones graves y leves.
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VISTOS: El recurso de casación cursante de fojas 115 a 117 interpuesto por Boris Hugo Romero Yakovenko impugnando el Auto de Vista Nº 57/06 de fecha 29 de agosto de 2006, cursante de fojas 93 a 95 vuelta pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Franz Paúl Fernández Serrano contra el recurrente, por el delito de lesiones graves y leves (artículo 271 del Código Penal), sus antecedentes y;
CONSIDERANDO: Que para la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 de la Ley 1970. Debiendo el recurrente interponer el recurso de casación dentro de los 5 días siguientes computables a partir de la notificación con el Auto de Vista pertinente, precisar los hechos similares y establecer la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
CONSIDERANDO: Que el recurrente Boris Hugo Romero Yakovenko habiendo sido notificado con el Auto de Vista recurrido en fecha 29 de agosto de 2006 y el complementario al Auto de Vista en fecha 8 de septiembre del presente año, interpone recurso de casación en fecha 12 de septiembre del mismo año, estableciéndose su interposición en el plazo de ley, el mismo que contiene el siguiente fundamento:
1.- Manifiesta el recurrente de que en el recurso de apelación restringida se habría señalado que la sentencia impugnada carecía de fundamentación fáctica intelectiva y jurídica y que a la vez sería contradictoria, aspecto que habría sido advertido por el Auto de Vista recurrido pero que en forma ilegal este Tribunal habría descendido al examen de los hechos, modificarlos y complementarlos contradiciendo los precedentes invocados.
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