Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA,
SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO 105/2025
Sucre, 21 de abril de 2025
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES.
Expediente : 918/2024
Demandante : Luis Ángel Ustariz Lamas
Demandado : Empresa PROCLEAN S.R.L.
Proceso : Beneficios Sociales
Distrito : Cochabamba
Relatora : Mgda. Norma Velasco Mosquera
I. VISTOS: El Recurso de Casación de fs. 101 a 102, interpuesto por la empresa PROCLEAN S.R.L. a través de su representante legal, impugnando el Auto de Vista 152/2024 de 17 de junio, de fs. 94 a 98 vta., pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral por pago de Beneficios Sociales seguido por Luis Ángel Ustariz Lamas contra la empresa recurrente; la contestación al Recurso de Casación de fs. 105 a 106, el Auto de 9 de octubre de 2024 a fs. 107, que concede el Recurso de Casación, el Auto Interlocutorio 674/2024 de 11 de noviembre, de fs.113 a 104, que admite el Recurso de Casación, y lo obrado en el proceso.
II. ANTECEDENTES PROCESALES
1. Sentencia
Tramitado el proceso laboral por pago de Beneficios Sociales, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Segundo de la Capital del departamento de Cochabamba, emitió la Sentencia de 29 de diciembre de 2022, de fs. 65 a 69, que declaró PROBADA la demanda, con costas y costos a la parte demandada y en consecuencia, ordenó que la empresa PROCLEAN S.R.L. a través de su representante legal, cancele a favor del demandante el monto de la liquidación de Bs13.080,99 (trece mil ochenta 99/100 bolivianos) más la actualización y multa prevista por el Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, por el retraso en el pago de sus beneficios sociales y derechos laborales.
2. Auto de Vista
Contra dicha Sentencia la empresa demandada interpuso Recurso de Apelación de fs. 71 a 72 vta., resuelto mediante Auto de Vista 152/2024 de 17 de junio, de fs. 94 a 98 vta., emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que CONFIRMÓ la Sentencia recurrida. Con costas y costos.
III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Dentro del plazo previsto por ley, la empresa PROCLEAN S.R.L., interpuso Recurso de Casación de fs. 101 a 102, argumentando lo siguiente:
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