Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0106/2013

Tribunal Supremo de Justicia
6 de noviembre de 2013Social 1era LiquidadoraMag. María Arminda Ríos García
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era Liquidadora
Año
2013

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº 106/2013

EXPEDIENTE: S.244/2009

PARTES: Abraham Berna Gutiérrez c/ Compañía Comercial General Industrial Ltda.

PROCESO: Beneficios Sociales

DISTRITO: Cochabamba

*********************************************************************************************************************************************

VISTOS: El recurso de casación de fojas 99 a 100, interpuesto por José Alejandro Escalera Gonzáles en calidad de Gerente Regional de la Compañía Comercial General Industrial Ltda. “C.G.I. Ltda.”, contra el Auto de Vista No. 043/2009 de fecha 4 de febrero de 2009, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba, cursante a fojas 95 a 97, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Abraham Berna Gutiérrez contra la parte recurrente, la contestación de fojas 103 a 106 y vuelta, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, el Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, emitió la Sentencia de fecha 8 de febrero de 2007 (fojas 68 a 71 y vuelta), donde FALLA declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 1 a 2 con las modificaciones establecidas en los puntos precedentes, PROBADA la excepción perentoria de prescripción de la vacación de la gestión 2004 opuesta en el memorial de fojas 41 a 43 e IMPROBADA la excepción perentoria de pago opuesta también en el memorial de fojas 41 a 43; por lo que, se ordena a la persona jurídica denominada COMPAÑÍA COMERCIAL GENERAL INDUSTRIAL LTDA. por contracción “C.G.I.” Regional Cochabamba representada por su Gerente General MARIO PAREDES VARGAS para que dentro tercero día de ejecutoriada la Sentencia y bajo alternativa de Ley, dé y pague al demandante el monto de la liquidación que sigue; mas el reajuste y la multa previstos por el Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006 por el retraso en el pago de sus beneficios sociales:

Tiempo de servicios.- 12 años, 6 meses y 28 días.

Salario Promedio indemnizable.- Bs. 1.552,40.

Indemnización por tiempo de servicios de 7 años,

6 meses y 27 días computables desde el 18 de febrero

de 1999 hasta el 15 de septiembre de 2006.- Bs. 11.759,43.

Aguinaldo por duodécimas de 8 meses y 15 días de

la gestión 2006 doble por su incumplimiento.- Bs. 2.199,23.

Vacación de la gestión 2005 (30 días).- Bs. 1.552,40.

Vacación por duodécimas de 6 meses y 28 días de

la gestión 2006 (17,33 días).- Bs. 896,76.

Primas por utilidades de las gestiones 2.004 y 2.005.- Bs. 3.104,80.

SUMA TOTAL ABONABLE Bs. 19.512,62.

En grado de apelación, incoado por el Gerente Regional de la compañía demandada (fojas 80 a 82), por Auto de Vista No. 043/2009 de fecha 4 de febrero de 2009, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba (fojas 95 a 97), CONFIRMÓ la Sentencia apelada de 8 de febrero de 2007, con costas en ambas instancias.

Mostrando 22 de 43 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Abraham Berna Gutiérrez
Demandado
Compañía Comercial General Industrial Ltda.
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
María Arminda Ríos García
Tribunal Supremo de Justicia6 de noviembre de 2013AS/0106/2013Fuente oficial