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TSJReiteradora

AS/0106/2023

Tribunal Supremo de Justicia
15 de marzo de 2023Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Derechos laborales / Subsidio de frontera / Condición exigible para su pago

La parte recurrente menciona las pruebas presentadas, entre ellas, el contrato de prestación de servicios, personal eventual, el mismo que se encuentra inscrito en el presupuesto de la institución, cuya partida 12100, personal eventual, señala que, no deberá generar pago de aguinaldos, ni otra clase...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 2da
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA

AUTO SUPREMO Nº 106/2023

Sucre, 15 de marzo de 2023

DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES

Expediente : 56/2023

Demandante : Ivan Wanderley Alvarado

Demandado : Instituto Nacional de Reforma Agraria

Proceso : Pago de otros derechos

Distrito : Pando

Relator :Mgdo. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 426 a 431, interpuesto por el Licenciado Braulio Coarite Quispe, en representación del Instituto Nacional de Reforma Agraria, INRA-PANDO, contra el Auto de Vista Nº 122/2022 de 03 de noviembre, cursante de fs. 419 a 422 vta., pronunciado por la Sala Civil, Familia, Niñez y Adolescencia, Social Contenciosa y Contenciosa Administrativa, del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral seguido por Iván Wanderley Alvarado, contra la institución demandada, el Auto de fs. 435 vta., que concedió el recurso, el Auto Nº 56/2023-A de 07 de febrero de 2023, que admitió la casación, los antecedentes del proceso; y

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso

I.1.1 Sentencia:

Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, emitió la Sentencia Nº 67/2022, de 20 de junio, de fs. 371 a 372 vta., declarando probada la demanda de fs. 17 a 18, sin costas, disponiendo que la institución demandada cancele a favor del actor, la suma de Bs. 90.446,11, por concepto de subsidio de frontera.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs. 401 a 403, por Auto de Vista Nº 122/2022, de 03 de noviembre, de fs. 419 a 422 vta., la Sala Civil, , Familia, Niñez y Adolescencia, Social Contenciosa y Contenciosa Administrativa, del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, confirmó la Sentencia N° 67/2022, de 20 de junio.

I.2 Motivos del recurso de casación

Dicho fallo, motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 426 a 431, interpuesto por Licenciado Braulio Coarite Quispe, en representación del Instituto Nacional de Reforma Agraria, INRA-PANDO, manifestando en síntesis:

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Máxima

SUBSIDIO DE FRONTERA/ Este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición del trabajador, el subsidio de frontera conforme se consideró precedentemente es un derecho adquirido por la prestación de trabajo dentro de los cincuenta kilómetros lineales de las fronteras internacionales, sin discriminación de condición, status, situación o clase de trabajador, así este sea eventual, permanente, servidor público o particular.

Datos del proceso

Demandante
Ivan Wanderley Alvarado
Demandado
Instituto Nacional de Reforma Agraria
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Artículo 48 de la Constitución Política del Estado. Artículo 4 de la Ley General del Trabajo. Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 21137 de 30 de noviembre de 1985.

Tribunal Supremo de Justicia15 de marzo de 2023AS/0106/2023Fuente oficial