Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO: Nº 107 Sucre 06 de abril de 2006.
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público, Juan Raúl Montán Torres y otros c/
Eddy Gabriel Saavedra Salvatierra.
Homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de
tránsito
ººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººººº
VISTOS: el recurso de casación cursante a fojas 210 y vuelta interpuesto por Eddy Gabriel Saavedra Salvatierra, impugnando el Auto de Vista Nº 4321 de fecha 10 de enero de 2006, cursante de fojas 202 a 203 y vuelta, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Juan Raúl Montán Torrez y otros contra el recurrente, por los delitos de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito (artículos 261 y 262 del Código Penal).
CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 de la Ley Nº 1970. Debiendo el recurrente interponer el recurso de casación dentro de los 5 días computables a partir de la notificación con el Auto de Vista pertinente, precisar los hechos similares y establecer la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
CONSIDERANDO: que si bien el recurrente presenta su recurso en el plazo de ley, empero no establece en ninguna parte de su memorial de casación la contradicción del fallo recurrido con otros precedentes similares, incumpliendo los requisitos de admisibilidad establecidos por Ley imposibilitando de esa manera que este alto Tribunal de Justicia abra su competencia a efectos de sentar la línea jurisprudencial que correspondiere.
Mostrando 11 de 21 parrafos.