Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo: Nº 108 Sucre, 25 de marzo de 2008
Expediente: La Paz 43/03
Partes: Ministerio Público c/ Germán Macochapi Quispe y Rosauro Monroy
Tráfico de sustancias controladas
Ministro Relator: José Luis Baptista Morales
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VISTOS: el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público (fojas 217 a 221), impugnando el Auto de Vista emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fojas 214 a 216) en el proceso penal seguido contra Germán Macochapi Quispe y Rosauro Monroy con imputación por comisión del delito de tráfico de sustancias controladas.
CONSIDERANDO: que el mencionado recurso fue presentado argumentando que, con referencia al caso de Rosauro Monroy, el Tribunal de Alzada incurrió en violación de la ley sustantiva penal por no haber aplicado correctamente la disposición contenida en el artículo 8º de la Ley de Régimen de la Coca y Sustancias Controladas y que, con relación al caso de Germán Macochapi Quispe, dicho Tribunal incurrió en violación de la ley adjetiva penal contenida en el numeral 1) del artículo 244 del Código de Procedimiento Penal de 1972 determinando, por ello, la violación también de la ley sustantiva penal contenida en el artículo 48 de la indicada Ley de Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.
Que analizados los antecedentes del proceso en cotejo con los fundamentos expuestos por el recurrente, se llega a la conclusión de haberse emitido el Auto de Vista impugnado con plena sujeción de lo establecido en las normas sustantivas y adjetivas y que, en lo concerniente a la actuación de los jueces de primera instancia, se estableció que en esa fase quedó plenamente comprobada la existencia del cuerpo del delito y que se procedió a una adecuada valoración de pruebas.
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 227 a 228, en aplicación de lo establecido por el numeral 2) del artículo 307 del Código de Procedimiento Penal de 1972, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público en el proceso seguido contra Germán Macochapi Quispe y Rosauro Monroy con imputación por comisión de delitos tipificados por la Ley de Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.
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