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TSJ

AS/0108/2011

Tribunal Supremo de Justicia
25 de marzo de 2011Civil IMag. Angel Irusta Pérez
Proceso
Sala
Civil I
Año
2011

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Texto del fallo

S A L A C I V I L

Auto Supremo: Nº 108 Sucre: 25 de Marzo de 2011.

Expediente: Nº 43 - 06 - S.

Partes: Maritza Yugar de Pomac/José Luís Mendizábal y otros

Distrito: Oruro.

VISTOS: La solicitud de complementación y enmienda de fojas 317, deducida por Norma Poquechoque Caballero, en representación de Alcira Flores Chinche, dentro del proceso ordinario de nulidad de documento que sigue Maritza Yugar de Poma, contra José Luís Mendizábal y otros; y:

CONSIDERANDO: Que, el Auto Supremo Nº 89 cursante de fojas 313 a 314 vuelta, pronunciado por este Tribunal Supremo en fecha 18 de marzo de 2011, anuló obrados hasta fojas 5 vuelta inclusive, disponiendo que el Juez A quo, con carácter previo a la admisión de la demanda, ordene que la demanda se dirija contra la "agrupación de inquilinos" o contra quien represente en la actualidad.

Que, Norma Poquechoque en representación de Alcira Flores Chinche, mediante memorial de fojas. 317 solicita enmienda y complementación del precitado Auto Supremo, con relación a la calificación de daños, costas y perjuicios ocasionados en el presente a la que hubiera sido sometida injustamente.

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Criterio

Los términos del Auto Supremo cuya complementación y enmienda se pretende, son claros, no existiendo en el ningún error material que corregir, ni concepto oscuro que aclarar, u omisión que deba ser suplida, por cuanto la nulidad de obrados dispuesta en el referido Auto Supremo dejó sin efecto todo lo obrado hasta fojas 5 vuelta, es decir que la indicada resolución no ingreso al análisis de fondo del proceso, razón por la cual no es pertinente la solicitud formulada.

Datos del proceso

Demandante
Maritza Yugar de Poma
Demandado
José Luís Mendizábal y otros
Magistrado relator
Angel Irusta Pérez

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos
Tribunal Supremo de Justicia25 de marzo de 2011AS/0108/2011Fuente oficial