Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA SEGUNDA
AUTO SUPREMO: N° 109 Sucre 20 de diciembre de 2004
DISTRITO : Chuquisaca PROCESO: Social.
PARTES : Doris Vargas de Nava c/ Sociedad Industrial del Sur S.A.
MINISTRO RELATOR: Dr. René Berindoague Peñaranda
VISTOS: El recurso de casación de fs. 84 interpuesto por la Sociedad Industrial del Sur S.A., representada por Javier Álvarez Spá, contra el auto de vista de fs. 75-76 dictado por la Sala Social y Administrativa del Distrito Judicial de Chuquisaca, en el proceso laboral seguido por Doris Vargas de Nava contra la empresa recurrente, sus antecedentes y
CONSIDERANDO: Que por sentencia de fs. 51-52, se declara probada la demanda de fs. 12-14, ordenándose la cancelación a favor de la actora de Bs. 79.090.72 por los conceptos que contiene dicho fallo. En grado de apelación la Corte Superior en su Sala Social y Administrativa, por auto de vista de fs. 75-76 confirma la sentencia apelada. Contra esta resolución, la empresa demandada recurre de casación.
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación constituye una nueva demanda de puro derecho y para su interposición se debe dar cumplimiento estricto a las formalidades exigidas por el Art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, citando en términos claros, concretos y precisos, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificando en que consisten la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o ambos.
Que en el breve e insustancial recurso de fs. 84 no se cumple con el señalado art. 258-2).
Por lo expuesto, se concluye que al no estar abierta la competencia del Tribunal de casación para la consideración de fondo de la cuestión debatida, es del caso dictar resolución en la forma establecida por el art. 272-2) del Código de Procedimiento Civil.
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