Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 110/2012-RA Sucre, 29 de mayo de 2012
Expediente: La Paz 55/2012
Partes: Juan Carlos Corrales Dávila c/ Samuel Williams Gallardo Mendoza
Delito: Apropiación Indebida y Abuso de Confianza
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de abril de 2012, cursante de fs. 138 a 142, Samuel Williams Gallardo Mendoza, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 71/12 de 24 de febrero de 2012, cursante de fs. 125 a 127 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Juan Carlos Corrales Dávila contra el ahora recurrente por los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP).
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación particular (fs. 1 a 2 vta.), y desarrollada la audiencia de juicio, por Sentencia 08/2011 de 22 de octubre, cursante de fs. 91 a 93 vta., el Juez Tercero de Partido y Sentencia en suplencia legal de su similar Cuarto de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, declaró a Samuel Williams Gallardo Mendoza, autor y culpable de los delitos de abuso de confianza, previsto y sancionado por el art. 346 del CP, imponiéndole la pena un año de reclusión.
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida cursante de fs. 105 a 110 vta., recurso que fue resuelto por Auto de Vista 71/12 de 24 de febrero de 2012, que cursa de fs. 125 a 127 vta., dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró improcedente el recurso y confirmó la Resolución apelada.
Notificado el imputado con el Auto de Vista referido el 28 de marzo de 2012, diligencia cursante a fs. 128 de obrados, presentó el recurso de casación que es motivo de autos el 5 de abril del mismo año (fs. 142 vta.).
II. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
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