Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 111 Sucre 1 de marzo de 2004
DISTRITO: La Paz
PARTES: Remy Tito Vélez Bacarreza y otra c/ Félix Ibáñez Mendoza,
estelionato
MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
VISTOS: El recurso de casación de fs. 403-404 interpuesto por Felix Ibañez Mendoza, impugnando el Auto de Vista de 13 de febrero de 2002 a fs. 401, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Remy Tito Vélez Bacarreza y Narda Pacheco de Vélez contra el recurrente, por el delito de estelionato; sus antecedentes, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 409, y
CONSIDERANDO: Que el Auto de Vista de fs. 401 pronunciado en fecha 13 de febrero del 2002 por el Tribunal ad-quem confirma en todas sus partes la sentencia de fs. 387-390 elevada en grado de apelación, que declaró al procesado Felix Ibañez Mendoza autor del delito de estelionato, previsto en el art. 337 del Código Penal, condenándolo a la pena de tres años de reclusión en el penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, más costas a favor del Estado y querellante y reparación del daño civil.
Contra el referido fallo de segunda instancia recurre de casación el incriminado, recurso que no cumple con el requisito previsto en el art. 301 del Código de Procedimiento Penal.
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