Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 111/2009
EXP. N°: 118/2009
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Renzo Fabricio Fuentes Gutiérrez contra el Superintendente Tributario General.
FECHA: 7 de abril de 2009.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa administrativa planteada de fojas 15 a 17 por Renzo Fabricio Fuentes Gutiérrez, en la que impugna la Resolución Administrativa N° STG-RJ/0552/2008 de 27 de noviembre de 2008 emitida por el Superintendente Tributario General; el informe del Ministro Tramitador Julio Ortiz Linares, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contenciosa administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada, plazo legal de ineludible cumplimiento.
Que de la revisión de la diligencia cursante a fojas 13, se evidencia que con la mencionada resolución fue notificada a la entidad demandante el 8 de diciembre de 2008, habiéndose presentado la acción contenciosa administrativa el 10 de marzo de 2009, conforme sale del cargo de fojas 18; es decir, luego de noventa y dos días transcurridos, por tanto, fuera del plazo fatal establecido por el artículo 780 del código adjetivo, correspondiendo su rechazo in límine al haberse operado la caducidad del derecho para deducir la presente acción.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada por extemporánea.
Regístrese.
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