Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA
AUTO SUPREMO Nº 111/2013
EXPEDIENTE: A.3/2009
PARTES: Honorable Alcaldía Municipal de San Ignacio de Velasco c/ Juan Carlos Arevilca Vinaya y otros
PROCESO: Coactivo Fiscal
DISTRITO: Santa Cruz
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 688 y vuelta, interpuesto por Daniel Sandagorda Montaño en representación legal de Héctor Landivar Flores, contra el Auto de Vista Nº 126 de 14 de diciembre de 2007, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso coactivo fiscal en aplicación del inciso b) del artículo 31 de la Ley Nº 1178, e inciso h) del artículo 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal, seguido por la Honorable Alcaldía Municipal de San Ignacio de Velasco contra Juan Carlos Arevilca Vinaya, Héctor Landivar Flores, Mariano Lozano Anachuri, Edison Paesano Dorado, Emilio Peña Méndez, Vicente Aurelio Vaca El Hage, Melchor Gómez Flores, Rubén Almeida Tomicha, Miguel Alberto Cortez López, Hernán Hiza Ribera, Omar Manuel Peña Méndez, Godofredo Jordán Chávez, Kenny Middagh Kauffman, Felix Rene Justiniano Costaleite, el memorial de contestación de fojas 690 a 691 y vuelta, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo fiscal a demanda de la Honorable Alcaldía Municipal de San Ignacio de Velasco, Primera Sección de la provincia Velasco del departamento de Santa Cruz (fojas 346 a 348) en base al Informe de Auditoria Nº GS/EP21/G02 R1 e informe complementario GS/EP21/G02 C1, se emitió el Dictamen de Responsabilidad Civil Nº CGR-1/D-084/2003 de 23 de diciembre de 2003, aprobado por el Contralor General de la República (fojas 226 a 229), referente a la auditoria especial sobre ingresos y egresos por el periodo enero de 2001 a julio de 2002 y evaluación de pagos a la Administradora de Fondo de Pensiones Previsión BBV desde junio de 2000 a agosto de 2002, determinándose responsabilidad.
En virtud de lo anterior, el Juez Primero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 02 de 17 de febrero de 2007 (fojas 637 a 642 y vuelta), declarando probada en parte la demanda de fojas 346 a 348, y ampliación de demanda de fojas 583 y vuelta, disponiendo girar pliego de cargo contra los coactivados:
1.- Juan Carlos Arevilca Vinaya, por la suma de Bs. 2330 su equivalente de $us. 431, sujeto a la aplicación del inciso h) del artículo 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal.
2.- Héctor Landivar Flores, por la suma de Bs. 7.500.- o su equivalente a $us. 1.368, sujeto a la aplicación del inciso h) del artículo 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal.
3.- Mariano Lozano Anachuri, por la suma de Bs. 860, equivalente a $us. 156, sujeto a la aplicación del inciso h) del artículo 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal.
4.- Edison Paesano Dorado, por la suma de Bs. 4.000.- o su equivalente a $us. 706, sujeto a la aplicación del inciso h) del artículo 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal.
5.- Vicente Aurelio Vaca El Hage, por la suma de Bs. 3.390.- o su equivalente de $us. 600, sujeto a la aplicación del inciso h) del artículo 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal.
6.- Melchor Gómez Flores, por la suma de Bs. 2.000.- o su equivalente de $us. 345, sujeto a la aplicación del inciso h) del artículo 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal.
7.- Rubén Almeida Tomicha, por la suma de Bs. 1.713.- o su equivalente de $us. 301, sujeto a la aplicación del inciso h) del artículo 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal.
8.- Miguel Alberto Cortez López, por la suma de Bs. 8.314.- o su equivalente de $us. 1.378, sujeto a la aplicación del inciso h) del artículo 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal.
9.- Hernán Hiza Rivera, por la suma de Bs. 3.300.- o su equivalente de $us. 540, sujeto a la aplicación del inciso h) del artículo 77 de la ley del Sistema de Control Fiscal.
10.- Omar Manuel Peña Méndez, por la suma de Bs. 5.000.- o su equivalente de $us. 921, sujeto a la aplicación del inciso h) del artículo 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal.
11.- Godofredo Jordán Chávez, en forma solidaria con Ramón Saucedo Rivero, por la suma de Bs. 73.877, o su equivalente de $us. 11.389, sujeto a la aplicación del inciso i) del artículo 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal.
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