Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 111/2021
FECHA: Sucre, 15 de septiembre de 2021
EXPEDIENTE Nº: 51/2019 HS.
PROCESO: Homologación de Sentencia de Divorcio.
PARTES: Marco Antonio Bernal Baptista c/ Carmen Isabel López Vásquez.
MAGISTRADO: Marco Ernesto Jaimes Molina
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Homologación de Sentencia de Divorcio dictada en el extranjero el 28 de julio de 2015 (de fs. 7 a 9) por el Juzgado de Primera Instancia N° 17 de Barcelona - España; presentada por Grover Genaro Alave Cuba Ramos y Viviana Alejandrina Aliendre Cuba en representación de Marco Antonio Bernal Baptista, el informe del Magistrado tramitador a fs. 32, todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I: Al amparo del art. 502 y siguientes del Código Procesal Civil (CPC), Grover Genaro Alave Cuba Ramos y Viviana Alejandrina Aliendre Cuba en representación de Marco Antonio Bernal Baptista, se apersonaron ante este Supremo Tribunal de Justicia solicitando la Homologación de la Sentencia de divorcio contencioso N° 482/2015 de 28 de julio de fs. 7 a 9 instaurado ante el Juzgado de Primera Instancia N° 17 (Familia) de Barcelona - España. Señalan que la cónyuge de su poderdante inició una demanda de divorcio en el país Ibérico, en cuyo resultado la autoridad judicial declaró disuelto el matrimonio contraído de 27 de abril de 1991.
Admitida la solicitud de Homologación de Sentencia de Divorcio a fs. 40, se dispuso la citación de la ciudadana Carmen Isabel López Vásquez, quien se apersonó al proceso a través de su poderhabiente Viviana Alejandrina Aliendre Cuba a fs. 146, que a su vez es representante del solicitante, de modo que, no surgió ninguna objeción respecto a la solicitud de homologación de la Sentencia N° 482/2015 de 28 de julio.
Asimismo, consta la intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de fs. 44 a 45, manifestando dar curso a la solicitud y se homologue la sentencia dictada en el extranjero.
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