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TSJ

AS/0113/2003

Tribunal Supremo de Justicia
30 de mayo de 2003Social 1eraMag. Carlos Rocha Orosco
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2003

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

Expediente No. 13/2001

AUTO SUPREMO No. 113-C. Tributario Sucre, 30 de Mayo de 2003.

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: José Gonzalo Grossberger c/ Administración Regional de Impuestos Internos.

RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 130-132, interpuesto por Alfredo Cabrera Camacho en representación de Benjamín Ramiro Chalup, contra el Auto de Vista de fs. 119-121, pronunciado por la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en el proceso contencioso tributario, seguido por José Gonzalo Grossberger contra la Administración Regional de Impuestos Internos; los antecedentes del proceso, dictamen del Fiscal General de la República de fs 138-139, y

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs. 63-65 ésta se tramitó conforme a ley, habiendo el Juez 1o. de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Departamento de Cochabamba, dictado Sentencia a fs. 99-101, declarando IMPROBADA la demanda. En segunda instancia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante el Auto de Vista de fs. 119-121 CONFIRMA EN PARTE la Sentencia y declara PROBADA EN PARTE la demanda, disponiendo que en ejecución de autos proceda a la reliquidación de ventas no facturadas en base a los importes que puedan ser deducidos de las eliminaciones certificadas y calificando la conducta del contribuyente como evasión. Resolución contra la que se interpuso el recurso de casación de fs. 130-132 que acusa transgresión de los arts. 8, 12, 47, 49 y 72 de la Ley 843, art. 12 del Decreto Supremo 21530 y Decreto Supremo 21532 y 21424, acusa además error substancial en la valoración de la prueba.

CONSIDERANDO: Que del examen se establece que el recurrente se limita a efectuar una relación de antecedentes, sin especificar en qué consiste las transgresiones de los arts. 8, 12, 47, 49 y 72 de la Ley 843, art. 12

del Decreto Supremo 21530 y Decreto Supremo 21532 y 21424, omisión que impide se ingrese a su análisis.

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Datos del proceso

Demandante
José Gonzalo Grossberger
Demandado
Administración Regional de Impuestos Internos.
Magistrado relator
Carlos Rocha Orosco
Tribunal Supremo de Justicia30 de mayo de 2003AS/0113/2003Fuente oficial