Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 113-A Sucre 30 de marzo de 2006
DISTRITO: Cochabamba
PARTES : Ministerio Público y otra c/ José Luís Cabrera Torres.
Homicidio.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 129 a 130 interpuesto por José Luís Cabrera Torres impugnando el Auto de Vista de fecha 8 de febrero de 2006 de fojas 115 a 116, pronunciado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público y otra contra el recurrente, por el delito de homicidio, previsto y sancionado por el artículo 251 del Código Penal.
CONSIDERANDO: que la Sala Penal del Supremo Tribunal declara admisible el recurso de casación, cuando éste ha cumplido los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, es decir, el recurrente interpone el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo la contradicción jurídica de una norma o varias normas aplicadas de modo diferente en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
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